Dictamen nº 23983 de Contraloría General de la República, de 8 de Mayo de 2009 - Doctrina Administrativa - VLEX 238857150

Dictamen nº 23983 de Contraloría General de la República, de 8 de Mayo de 2009

N° 23.983 Fecha: 8-V-2009

Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Domingo Antonio Becerra Silva, ex funcionario de Carabineros de Chile, solicitando un pronunciamiento que determine si se ajustan a derecho los descuentos previsionales y por concepto de seguro de salud que se han efectuado a su pensión.

Al respecto, la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile, ha informado mediante oficio N° 1.132, de fecha 11 de diciembre de 2008, que tanto el descuento denominado imposición previsional que asciende al 8,5% como el del Hospital Dipreca, que alcanza un 2%, tienen sustento legal. Agrega en relación al seguro de salud, que éste es de carácter voluntario y que el imponente puede renunciar en el momento que estime pertinente, para lo cual debe dirigirse a cualquiera de las oficinas de esa Dirección y efectuar dicho trámite.

Sobre la materia, es dable manifestar que la ley N° 18.961, sobre ley orgánica de Carabineros de Chile, en su artículo 81 previene que el personal acogido al régimen previsional y de seguridad social que establece esta ley, en actividad o en retiro, contribuirá a los fondos comunes de beneficios de la Dirección de Previsión de Carabineros con las imposiciones que determine la ley, sin perjuicio de los aportes fiscales y otros ingresos de fuente pública o privada.

En armonía con ello, el decreto ley N° 844, de 1975, que crea el Departamento de Previsión de Carabineros, indica en su artículo 20, en lo que interesa, que constituyen entradas ordinarias, entre otras, el descuento mensual obligatorio del 8,5% sobre sueldos, pensiones de retiro, montepío y sus aumentos posteriores. Agrega...

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