Dictamen nº 66291 de Contraloría General de la República, de 26 de Noviembre de 2009 - Doctrina Administrativa - VLEX 238851134

Dictamen nº 66291 de Contraloría General de la República, de 26 de Noviembre de 2009

N° 66.291 Fecha: 26-XI-2009

Mediante el oficio N° 7.302, de 2008, el Segundo Vicepresidente de la Cámara de Diputados, diputado don Jorge Ulloa Aguillón, ha remitido una solicitud formulada por la diputada doña María Antonieta Saa Díaz, quien requiere la instrucción de una investigación en la Municipalidad de Viña del Mar, en relación con las conclusiones contenidas en el Informe Final N° 30 de 2008, de la Contraloría Regional de Valparaíso.

Al respecto, es menester anotar, en primer término, que mediante oficio N° 8.132 de 2007, la aludida sede regional atendió una presentación de don Pablo Mecklenburg, referida, entre otras materias, a la contratación directa de la empresa Gestión Municipal Avanzada S.A., o GMA S.A., por parte del aludido municipio, en el que se concluyó que este último debía disponer la instrucción del correspondiente proceso sumarial, destinado a determinar las responsabilidades administrativas comprometidas.

En este contexto, y en cumplimiento de lo ordenado por este Organismo de Control, la señalada entidad edilicia ordenó instruir una investigación sumaria, por decreto alcaldicio N° 1.741 de 2008, posteriormente elevada a sumario administrativo por decreto alcaldicio N° 4.108 de 2008, y que concluyó con la absolución del funcionario, señor Jorge Collado Villagra, dispuesta por decreto alcaldicio N° 8.811 de 2008.

Con ocasión del trámite de registro del acto administrativo terminal del proceso antes mencionado, la Contraloría Regional de Valparaíso, por oficio N° 2.953 de 2008, hizo presente a la autoridad municipal que, tal como se indicara en el Informe Final N° 30 de 2008, se dispondría la sustanciación de un procedimiento disciplinario con el objeto de investigar, entre otros, los hechos a que alude el sumario administrativo remitido por el municipio, por lo que el expediente respectivo sería incorporado en calidad de antecedente al proceso que iniciaría esta Entidad Fiscalizadora.

En efecto, el mencionado Informe Final N° 30 de 2008, en su acápite “I. Contratación de Servicios Computacionales, 1.- Revisión de todas las contrataciones con la empresa GMA”, expresa que los hechos descritos en el documento serían investigados a través de un sumario administrativo que, en su oportunidad, llevaría a efecto este Organismo Superior de Control.

Ahora bien, una vez emitido el Informe Final aludido, la Alcaldesa de la Municipalidad de Viña del Mar requirió a esta Contraloría General la reconsideración de las observaciones...

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