Dictamen nº 43703 de Contraloría General de la República, de 3 de Agosto de 2010 - Doctrina Administrativa - VLEX 238635934

Dictamen nº 43703 de Contraloría General de la República, de 3 de Agosto de 2010

N° 43.703 Fecha: 03-VIII-2010

Se han dirigido a esta Contraloría General don José Domingo Eluchans Urenda -en representación de Inversiones Ledimor Chile Limitada-, don José Joaquín Said Saffie y don Jorge Luis Varela del Solar en representación de este último, solicitando un pronunciamiento sobre la legalidad del decreto exento N° 13, de 2009, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, por cuanto habría autorizado a Claro Chile S.A. a instalar estaciones base en calle Presidente Riesco N° 4.154, Las Condes, a través de una modificación de la concesión de telecomunicaciones que indica, en circunstancias que ello requeriría, en su opinión, del otorgamiento de una nueva concesión, y por ende, el decreto respectivo someterse al trámite de toma de razón. Una alegación similar formulan respecto de los decretos N os 247, de 2007 y 760 de 2008, del mismo Ministerio, que autorizaron instalaciones a las empresas Claro Chile S.A. y Entel PCS Telecomunicaciones S.A., respectivamente.

Por otro lado, agregan que determinadas instalaciones se efectuaron sin los avisos correspondientes a la Municipalidad de Las Condes, por lo cual dicha entidad ordenó el retiro de las mismas a través de la resolución N° 52, de la Dirección de Obras Municipales, la que se dejó sin efecto por la resolución N° 76, ambas de 2009, en circunstancias que, atendido que la infracción fue consumada, estiman que no corresponde que la autoridad permita que la concesionaria regularice ese emplazamiento. Mencionan, además, que requerido de información, ese municipio les remitió antecedentes que se encontraban incompletos.

Requerido informe, la Subsecretaría de Telecomunicaciones expresa, en síntesis, que la instalación de nuevas estaciones constituye una modificación de uno de los elementos de la concesión de telecomunicaciones, por lo que no se trata de una nueva concesión. Precisa que los decretos cuestionados por los recurrentes corresponden a solicitudes de modificación formuladas por Claro Chile S.A. y Entel PCS Telecomunicaciones S.A., las que en su oportunidad cumplieron las normas legales pertinentes y se sometieron al trámite de toma de razón cuando correspondía hacerlo, según las normas dictadas al efecto por esta Entidad Fiscalizadora.

Por su parte, la Municipalidad de Las Condes señala que las estaciones se instalaron sin el aviso correspondiente a ese municipio, por lo que se ordenó su retiro. No obstante, hace presente que esa orden fue dejada sin efecto por las...

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