Dictamen nº 27271 de Contraloría General de la República, de 20 de Mayo de 2010 - Doctrina Administrativa - VLEX 238630926

Dictamen nº 27271 de Contraloría General de la República, de 20 de Mayo de 2010

N° 27.271 Fecha: 20-V-2010

La Contraloría Regional de Coquimbo ha remitido la presentación de doña Aurora Góngora Medina, doña Tania Góngora Medina y don Johnny Ardiles Loyola -este último, según indica, compareciendo en representación de la sociedad educacional Tauro Ltda., sostenedora de la Escuela Especial de Lenguaje “La Edad de Oro”-, quienes impugnan parte de la resolución exenta N° 6.530, de 2008, a través de la cual el Ministerio de Educación confirmó las sanciones que le fueron aplicadas por el Secretario Regional Ministerial de Educación de Coquimbo, con motivo de un proceso administrativo por infracción a la normativa sobre subvención del Estado a establecimientos educacionales, seguido en contra de dicho plantel educacional.

Al respecto, cabe señalar que las sanciones impugnadas por los recurrentes, por las razones que más adelante se indican, son las de revocación del reconocimiento oficial del establecimiento individualizado y de inhabilidad perpetua del sostenedor para mantener o participar de cualquier forma en la administración de establecimientos educacionales subvencionados.

Requerido su informe, el Subsecretario de Educación, junto con remitir la documentación relativa al caso, ha descrito las diversas etapas que conformaron el proceso, pormenorizando los fundamentos de hecho que motivaron la aplicación de las sanciones indicadas y señalando que el procedimiento de que se trata fue instruido ajustándose a la normativa que lo rige.

Sobre el particular, conviene recordar que los procesos en estudio se encuentran regulados tanto en el Párrafo 1°, del Título IV, denominado de las Infracciones y Sanciones, del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1998, del Ministerio de Educación, sobre Subvención del Estado a Establecimientos Educacionales -que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1996, de la misma Secretaría de Estado-, como en el Título V, de las Infracciones y Sanciones, del decreto N° 8.144, de 1980, de dicho Ministerio, que Reglamenta el Decreto Ley N° 3.476, de 1980, sobre Subvenciones a Establecimientos Particulares Gratuitos de Enseñanza.

Enseguida, es necesario aclarar que a este Organismo de Control le compete conocer del proceso en comento en virtud del recurso consagrado en el inciso final del artículo 53 del citado decreto con fuerza de ley N° 2, precepto que previene, en lo pertinente, que procederá su interposición en contra de la resolución del Ministro de...

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