Dictamen nº 60682 de Contraloría General de la República, de 13 de Octubre de 2010 - Doctrina Administrativa - VLEX 237958342

Dictamen nº 60682 de Contraloría General de la República, de 13 de Octubre de 2010

N° 60.682 Fecha: 13-X-2010

Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Susana Olivares Garrido, ex funcionaria de la Municipalidad de Peñalolén, reclamando en contra del decreto N° 1300/3270, de 2010, a través del cual esa entidad edilicia ratificó la aplicación de la medida disciplinaria de destitución, al término del sumario instruido en su contra y ordenado reabrir en virtud del artículo 119 de la ley N° 18.883, sobre Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, solicitando, en definitiva, que se la reincorpore a sus funciones dentro del municipio, en atención a que los hechos por los que fue destituida y que constan en el sumario administrativo instruido en su contra, afinado por decreto N° 10, de 2007, son los mismos que fueron investigados en sede criminal, causa que fue sobreseída definitivamente, con fecha 16 de enero de 2009.

Sobre el particular, cabe señalar que el artículo 119, inciso primero, de la ley N° 18.883, sobre Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, establece que procede la reincorporación al municipio de un funcionario afectado con la medida disciplinaria de destitución, cuando ésta ha sido consecuencia exclusiva de hechos que revisten caracteres de delito, y en el proceso criminal hubiere sido absuelto o sobreseído definitivamente por no constituir delito los hechos denunciados (aplica dictamen N° 27.259, de 2007).

En este sentido, cabe hacer presente que en la especie no concurre el último de los aludidos requisitos, pues de acuerdo a los antecedentes acompañados, la declaración de sobreseimiento producida en la causa RIT N° 5651-2007, del 13° Juzgado de Garantía de Santiago, tiene como sustento la extinción de la acción penal, y no el hecho de que la conducta de la señora Olivares Garrido -que dio origen al procedimiento penal en comento-, no haya sido constitutiva de delito.

Ahora bien, aclarado el punto anterior, es del caso hacer presente que, respecto a la reapertura...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR