Dictamen nº 60669 de Contraloría General de la República, de 13 de Octubre de 2010 - Doctrina Administrativa - VLEX 237955890

Dictamen nº 60669 de Contraloría General de la República, de 13 de Octubre de 2010

N° 60.669 Fecha: 13-X-2010

Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Julia Laura Llerena Hurtado, para solicitar un pronunciamiento que determine si el diploma de Técnicas en Radiología, conferido por la Escuela Superior de Educación Profesional “Garcilaso de la Vega” de la República del Perú, que posee, la habilita para desempeñarse como técnico en Chile.

Como cuestión previa, es dable señalar que a esta Entidad de Control sólo le corresponde pronunciarse en relación con la calidad de los títulos educacionales, en tanto ellos constituyan requisitos de ingreso y permanencia en los organismos de la Administración del Estado.

Sobre el particular, cabe manifestar que el artículo 1° de la Convención sobre el Ejercicio de Profesiones Liberales, adoptada en México el 28 de Enero de 1902, de la que son Estados Partes Chile y Perú, entre otros, publicada como Ley de la República el 2 de julio de 1909, dispone que los ciudadanos de cualquiera de las Repúblicas que suscriben la presente Convención, podrán ejercer libremente en el territorio de las otras, la profesión para la cual estuvieren habilitados con un diploma o título expedido por la autoridad competente en cada uno de los países signatarios, con tal que dicho diploma cumpla con los requisitos establecidos en los artículos 4° y 5°, siempre que la ley del país en que va a ejercerse la profesión no exija para su ejercicio la calidad de ciudadano.

La misma disposición agrega que los certificados de estudios preparatorios o superiores, expedidos en cualquiera de los países que celebran esta Convención, a favor de los nacionales de uno de ellos, producirán los mismos efectos que les atribuye la ley de las repúblicas de donde emanen, siempre que haya reciprocidad y no resulten ventajas superiores a las reconocidas por la legislación del país en que se quiera hacer uso de esos certificados.

Por su parte, el artículo 5° del tratado en estudio, establece, en lo que...

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