Dictamen nº 76013 de Contraloría General de la República, de 16 de Diciembre de 2010 - Doctrina Administrativa - VLEX 237643662

Dictamen nº 76013 de Contraloría General de la República, de 16 de Diciembre de 2010

N° 76.013 Fecha: 16-XII-2010

Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Gladys Plaza Vallejos, ex funcionaria del Hospital San Juan de Dios, dependiente del Servicio de Salud Metropolitano Occidente, para solicitar un pronunciamiento que determine si se ajustó a derecho el monto percibido por concepto de bonificación por retiro voluntario de la ley N° 20.282, en atención a que, en su opinión, no se habrían considerado para el cálculo de su renta promedio los bonos trimestrales imponibles enterados durante los meses de diciembre de 2008 a noviembre de 2009.

De lo señalado precedentemente, este Organismo de Control entiende que la consulta de la interesada dice relación con el pago de la asignación de estímulo por experiencia y desempeño funcionario prevista en el artículo 1° de la ley N° 19.490 y del emolumento establecido en el artículo 83 del D.F.L. N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud -incorporado a dicho cuerpo normativo por la ley N° 19.937-, esto es, la asignación de desarrollo y estímulo al desempeño colectivo.

Requerido el respectivo informe, el referido Servicio de Salud ha señalado, en síntesis, que el cálculo para el entero del beneficio económico en comento se efectuó sobre el total de las rentas imponibles de la recurrente, incluyendo las asignaciones de las leyes Nos 19.490 y 19.937, conforme a la normativa que regula la materia.

Sobre el particular, es dable manifestar, que el artículo 1° de la ley N° 20.282, concede hasta un máximo de 5.600 cupos para acceder a la bonificación por retiro establecida en el artículo primero transitorio de la ley N° 20.209, respecto de los servidores de los Servicios de Salud, que tengan o cumplan sesenta o más años de edad, si son mujeres, y sesenta y cinco o más años de edad, si son hombres, entre el 1 de enero de 2009 y el 30 de junio de 2010, y que hagan efectiva su renuncia voluntaria desde el 2 de enero de 2009, y hasta el 31 de diciembre de 2010, ambas fechas...

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