Dictamen nº 2758 de Contraloría General de la República, de 14 de Enero de 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 487098778

Dictamen nº 2758 de Contraloría General de la República, de 14 de Enero de 2014

N° 2.758 Fecha: 14-I-2014

Se ha dirigido a esta Entidad de Control el Prosecretario de la Cámara de Diputados, remitiendo una presentación de don Marcos Espinosa Monardes, Diputado de la República, en la que este último solicita verificar la legalidad de los procedimientos realizados por la Dirección del Hospital Carlos Cisternas de la ciudad de Calama, en relación con las funcionarias de ese Servicio, señoras Paula Gutiérrez Sepúlveda y María Veliz Villarroel, debido a que la primera obtuvo un cargo público titular que fue adjudicado previo concurso público, pero a pesar de ello se dispuso la terminación anticipada de su empleo a contrata y porque respecto de la segunda, la respuesta otorgada por este Organismo Fiscalizador a su presentación, ingresada bajo la referencia N° 20.876, de 2013, no se pronunció acerca de la modificación de remuneraciones sufrida por la interesada con ocasión de su traslado.

Requerido su informe, el Servicio de Salud Antofagasta manifiesta que a la señora Gutiérrez Sepúlveda efectivamente se le puso término anticipado a su cargo a contrata a través de la resolución N° 355, de 2013, tomada razón el 5 de agosto de igual año por encontrarse ajustada a derecho. Sin embargo, el pasado 26 de julio y terminado el concurso público destinado a proveerlo, la afectada aceptó el cargo de Nutricionista que se le confirió, proceso que todavía no ha finalizado porque estando en la etapa de ofrecimientos, existieron once cargos rechazados por los profesionales que se los adjudicaron, de manera que cuando éste culmine se dictará el acto administrativo que disponga su nombramiento y será remitido al pertinente examen de legalidad.

Asimismo, expone que en el caso de la señora Veliz Villarroel, al ser trasladada de las funciones que cumplía en el mencionado Centro Asistencial, desde la sección de recaudación de urgencia de la unidad de finanzas, hacia la sección de recaudación cerrada en turno diurno, dejó de percibir la asignación de cuarto turno que le correspondía, haciendo presente que esta modificación de los servicios prestados por esa funcionaria se estimó ajustada a derecho por la Contraloría Regional de Antofagasta, según aparece en su oficio N° 963, de 2013.

Sobre el particular,\ten lo relacionado con esta última servidora, conviene recordar que el artículo 94 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, concede una asignación de turno al personal de planta y a contrata de los Servicios de Salud...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR