Dictamen nº 82054 de Contraloría General de la República, de 13 de Diciembre de 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 482009738

Dictamen nº 82054 de Contraloría General de la República, de 13 de Diciembre de 2013

N° 82.054 Fecha : 13-XII-2013

Doña Ana Loreto Ditzel Lacoa, en representación de la Corporación Municipal de Peñalolén para el Desarrollo Social -sostenedora de los colegios que señala-, consulta sobre la legalidad de las resoluciones exentas N°s. 1.757 y 4.331, ambas de 2013, de los personeros que indica del Ministerio de Educación (MINEDUC), que aplicaron una multa a beneficio fiscal, en el marco de un procedimiento de subvenciones incoado en contra de esa entidad, el cual habría tenido como fuente el Informe Final N° 57, de 2011, de esta Contraloría General, sobre revisión de los recursos otorgados por la ley N° 20.248, en dicha persona jurídica. Añade que los reparos observados en ese proceso, a la data de emisión de la aludida resolución N° 1.757, habían sido subsanados, sin que la autoridad educacional hubiese tenido en consideración ese hecho para dejar sin efecto la medida impuesta.Requerido de informe, el MINEDUC expresa que al tomar conocimiento del citado Informe Final se practicó el pertinente procedimiento administrativo por infracciones a la normativa que regula la subvención escolar preferencial (SEP), en el que fueron ponderadas las alegaciones presentadas por el interesado y que si bien se mantuvo la sanción aplicada, se rebajó el monto de la misma, según consta en la anotada resolución exenta N° 4.331.Como cuestión previa, cabe señalar que mediante la resolución exenta N° 1.331, de 19 de abril de 2012, la Secretaría Regional Ministerial de Educación de la Región Metropolitana instruyó el proceso en análisis, formulándose el cargo de “Incumplimiento de los requisitos y obligaciones para impetrar la Subvención Escolar Preferencial”, en base a los hechos consignados en el mencionado Informe Final, que podrían llegar a configurar contravenciones a la ley N° 20.248 -sobre Subvención Escolar Preferencial-, a saber: 1) el pago de remuneraciones financiadas con recursos de la SEP, al no justificar que 49 de los 175 funcionarios adscritos a la misma, realizaban tareas contempladas en los planes de mejoramiento educativo, y 2) por haberse acreditado que al 30 de junio de 2011 se encontraban depositados los caudales que indica derivados de la SEP en fondos mutuos del BCI Asset Management.Enseguida, a través de la resolución exenta N° 6.260, del mismo origen, de 7 de diciembre de 2012, se aprobó el referido procedimiento administrativo el cual aplicó una multa a beneficio fiscal de 50% de una unidad de subvención educacional (U.S.E.)...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR