Dictamen nº 77757 de Contraloría General de la República, de 27 de Noviembre de 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 479148550

Dictamen nº 77757 de Contraloría General de la República, de 27 de Noviembre de 2013

MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Público y Administrativo

N° 77.757 Fecha: 27-XI-2013

Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Horacio Canales Vélez, exdirector de la Escuela Básica Municipal La Granja F-513, actual colegio Poeta Neruda, dependiente de esa municipalidad -quien renunció a contar del 1 de marzo de 2013-, solicitando un pronunciamiento que disponga el pago de la indemnización por años de servicio; asignación de perfeccionamiento; feriado por los años 2009, 2010 y 2011; bonificación de excelencia académica; bono de reconocimiento profesional; y, bono SAE, respectivamente, argumentando, que en cumplimiento de la normativa legal, dicho ente edilicio convocó a concurso público antes del término del período de su nombramiento, en el que participó, pero que ulteriormente fue anulado.

Requerido informe al municipio, este manifestó, en síntesis, que una vez que concluyó el tiempo por el que el peticionario fue designado director del establecimiento educacional en comento, se le nombró en calidad de contratado en esas mismas labores por el año 2012 y posteriormente, desde el 1 de marzo de 2013 al 28 de febrero de 2014, para desempeñarse como jefe de la unidad técnico pedagógica en el liceo polivalente Francisco Frías Valenzuela. Agrega, que con fecha 8 de mayo de 2013, se resolvió el certamen público que proveyó el cargo de la especie, plaza a la que el solicitante no concursó.

Como cuestión previa, debe señalarse que del Sistema de Información y Control del Personal de la Administración del Estado que mantiene esta Entidad de Fiscalización, aparece que la Municipalidad de La Granja, a través del decreto N° 721, de 2006, nombró director titular al señor Horacio Canales Vélez de la Escuela Básica F-513, hoy colegio Poeta Neruda, desde el 1 de abril de ese año hasta el 31 de marzo de 2011; luego, por los decretos N°s. 4.240, de 2011, y 2.890, de 2012, designó al recurrente en calidad de contratado para ejercer idénticas funciones en forma transitoria, por los períodos comprendidos entre los meses de marzo a agosto, y septiembre a diciembre, de esta última anualidad. Posteriormente, mediante el decreto alcaldicio N° 407, de 8 de febrero de 2013, se le nominó en esa misma condición, como jefe de la unidad técnico pedagógica en el liceo polivalente Francisco Frías Valenzuela, a partir del 1 de marzo de 2013 al 28 de febrero de 2014.

Precisado lo anterior, cabe señalar que la ley N° 20.501, sobre Calidad y Equidad de la Educación, estableció un nuevo mecanismo de selección para proveer las vacantes de cargos de directores de planteles de enseñanza, materia cuya vigencia no se encontraba sometida a la regla general dispuesta en el inciso primero de su artículo cuarto transitorio -esto es, a contar del 1 de mayo de 2011-, sino que a lo preceptuado en el inciso tercero de la misma disposición, supeditándola a...

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