Dictamen nº 32386 de Contraloría General de la República, de 27 de Mayo de 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 474193658

Dictamen nº 32386 de Contraloría General de la República, de 27 de Mayo de 2013

N° 32.386\t Fecha: 27-V-2013

Don Luis Gallardo Gallardo, Presidente de la Asociación Gremial de Industriales Mineros, según expresa, se ha dirigido a esta Contraloría General denunciando una serie de ilegalidades en que habría incurrido el Comité Especial de Licitación del Ministerio de Minería -CEL-, en el marco de la licitación para la suscripción de un contrato especial de operación para la exploración, explotación y beneficio de yacimientos de litio -CEOL-.

Manifiesta que mediante la resolución exenta N° 2.659, de 2012, la citada Secretaría de Estado adjudicó el concurso a la empresa Sociedad Química y Minera de Chile S.A. -Soquimich-, la que -por tener litigios pendientes con el Estado de Chile-, no podía haber actuado como oferente en ese certamen ni haberlo obtenido. En razón de ello, señala que el Subsecretario de Minería de esa época, Pablo Wagner S., no cumplió con los deberes de velar por el fiel cumplimiento del proceso y de evaluar los requisitos administrativos, entre ellos, la veracidad de la declaración jurada presentada en tal sentido por esa sociedad.

Agrega que el CEL, al constatar dicho error, puso término a la apuntada tramitación, invalidando el acta de cierre de la evaluación y la licitación, sin contar con esas atribuciones. Añade que ese Comité no resolvió la pretensión interpuesta por una de las entidades integrantes del consorcio que resultó en segundo lugar en dicho procedimiento, consistente en dejar sin efecto la referida resolución exenta N° 2.659, de 2012.

Por lo anterior, estima que los integrantes del enunciado órgano colegiado -Pablo Wagner S., Jimena Bronfman C., Andrés Mac-Lean V., Julio Poblete C. y Alicia Undurraga P.-, vulneraron sus obligaciones funcionarias, por lo que requiere tener por ingresada una denuncia administrativa en su contra.

En nuevas presentaciones, indica que la actuación de la Subsecretaría de Minería, consistente en no aceptar ninguna de las propuestas recibidas, infringió el artículo 53 de la ley N° 19.880, el anexo B.1 del pliego de condiciones y el principio de motivación de los actos administrativos, y también adjunta antecedentes de la investigación penal tendiente a comprobar la comisión de los delitos de perjurio, fraude y otros, por hechos derivados del aludido concurso, pidiendo un pronunciamiento al respecto.

Por su parte, la sociedad Minera Li Energy SpA -integrante del consorcio que presentó la segunda mejor oferta económica-, solicita se precise cómo debió aplicarse la regla de invalidación parcial del referido artículo 53 e insta a que se instruya un proceso disciplinario destinado a establecer las responsabilidades funcionarias que correspondan.

Posteriormente, dicha sociedad acompaña un informe en derecho en el que manifiesta que el Ministerio de Minería habría actuado de un modo ilegal al extender a todas las etapas de la licitación un vicio que solo comprometía a uno de los proponentes sin que el resto hubiere vulnerado la normativa que la regía, agregando que, al fundamentar esta última medida en el anexo B.1 de las bases, transgredió el principio de estricta sujeción a las mismas, ya que aquel no consagraba ninguna causal que lo facultara para declarar desierto el procedimiento.

Requeridos sus informes, mediante oficio conjunto, el Ministerio de Minería, la Comisión Chilena del Cobre y el Servicio Nacional de Geología y Minería exponen el desarrollo del certamen cuestionado y las razones por las cuales, a su juicio, las presentaciones anteriores deben ser desestimadas.

I. En relación con la materia, es necesario indicar las normas jurídicas que regularon el proceso en análisis.

1. El inciso décimo del N° 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República preceptúa que la exploración, la explotación o el beneficio de los yacimientos que contengan sustancias no susceptibles de concesión (como lo es el litio, de acuerdo a lo dispuesto por el...

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