Dictamen nº 9726 de Contraloría General de la República, de 12 de Febrero de 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 420988106

Dictamen nº 9726 de Contraloría General de la República, de 12 de Febrero de 2013

MateriaDerecho Público y Administrativo

N° 9.726 Fecha: 12-II-2013

Se ha dirigido a esta Contraloría General don Mario Vargas Cociña solicitando un pronunciamiento sobre diversas irregularidades que a su juicio existirían en la contratación por parte del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol -SENDA-, de un servicio de ambulancias habilitado para tomar muestras de sangre junto a los puntos de control de alcotest de Carabineros de Chile, para la realización de posteriores exámenes de alcoholemia en laboratorios del Servicio Médico Legal.

Como cuestión previa, debe manifestarse que dicha contratación se enmarca en el Convenio de Colaboración Técnica suscrito entre el SENDA y el Servicio Médico Legal, aprobado por resolución exenta N° 313, de 2012, del SENDA, conforme al cual, con el fin de dar cumplimiento a los objetivos del plan “Calles sin Alcohol”, esta última entidad se comprometió a analizar y gestionar alternativas que jurídica y administrativamente le permitieran disponer de vehículos o dispositivos móviles para la toma de muestras de sangre en los señalados puntos de control, tramitar las respectivas autorizaciones y financiar los insumos necesarios para estos procedimientos.

Según se desprende del referido Convenio, el Servicio Médico Legal, por su parte, otorgará a los mencionados vehículos las autorizaciones que procedan y servirá de laboratorio para la realización de los exámenes de alcoholemia sobre las muestras que se obtengan en los aludidos operativos.

Ahora bien, el peticionario manifiesta, en primer término, que el citado plan “Calles sin Alcohol” no tendría existencia jurídica, por cuanto no ha sido aprobado por un acto administrativo formal.

Sobre el particular, conforme lo dispone el artículo 19, letra d), de la ley N° 20.502, el SENDA tiene por objeto la ejecución de las políticas en materia de prevención del consumo de estupefacientes, sustancias psicotrópicas e ingestión abusiva de alcohol, y de tratamiento, rehabilitación y reinserción social de las personas afectadas por dichos estupefacientes y sustancias psicotrópicas y, en especial, en la elaboración de una estrategia nacional de drogas y alcohol, debiendo coordinar su implementación, y dar apoyo técnico a las acciones que las entidades de la Administración del Estado emprendan en el marco de su ejecución.

Al respecto, la Estrategia Nacional de Drogas y Alcohol 2011-2014, incorpora un plan denominado “Calles sin Alcohol” que, a su vez, incluye la realización de medidas orientadas a cambiar los hábitos de consumo de alcohol en conductores, como el operativo “Control Cero Alcohol” a que hace referencia el interesado.

Como se puede apreciar, la elaboración de la mencionada...

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