Dictamen nº 4660 de Contraloría General de la República, de 24 de Enero de 2012 - Doctrina Administrativa - VLEX 366347554

Dictamen nº 4660 de Contraloría General de la República, de 24 de Enero de 2012

N° 4.660 Fecha: 24-I-2012

Se ha dirigido a esta Contraloría General don Miguel Ángel Reyes Poblete, en representación de don Alex Ricardo Suazo Moraga, exfuncionario de la Municipalidad de Pelluhue, solicitando la reconsideración del oficio N° 4.276, de 2011, de la Contraloría Regional del Maule, mediante el cual se rechazó la reclamación que interpusiera en contra del decreto alcaldicio N° 264, de 2010, de la aludida entidad edilicia, el que, al término de un sumario administrativo, aplicó a su representado la medida disciplinaria de destitución, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 120, letra d) y 123, de la ley N° 18.883, Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, a fin de que se ordene a la mencionada municipalidad que se le absuelva o sobresea, requiriendo en subsidio, la determinación de la data desde la cual rige la inhabilidad para ingresar a la Administración Pública, que afectaría al señor Suazo Moraga, como consecuencia de la aplicación de la aludida medida disciplinaria.

Al efecto, el peticionario expone en síntesis, que la Sede Regional infringió los principios y garantías relativos a la igualdad ante la ley, al debido proceso y el derecho de defensa, toda vez que se habría vulnerado la carga de la prueba al imponer a su representado, la obligación de acreditar hechos que eran de cargo del fiscal instructor del proceso disciplinario.

Como cuestión previa, resulta necesario recordar que el presente procedimiento sumarial tuvo por objeto investigar determinadas irregularidades relativas al desorden contable respecto de la rendición de cajas de la tesorería municipal durante el período comprendido entre enero del año 2002 y mayo de 2006, entre las que se cuentan, la tenencia por parte de funcionarios de cheques de esa entidad edilicia caducados, sin que los mismos hayan sido informados y ajustados contablemente; falta de ingreso en forma oportuna a la caja municipal de depósitos directos por la suma de $20.917.284; y la tenencia personal de manera irregular, por parte del entonces cajero municipal, de la suma de $10.000.000.

Enseguida, a través del decreto N° 567, de 1 de diciembre de 2006, el municipio puso término al sumario en cuestión, instrumento que fue observado por oficio N° 1.906, de 2007, de esa Contraloría Regional, indicando que debía retrotraerse el procedimiento al estado de formular válidamente cargos a los afectados, instrucción que fue cumplida por el municipio, mediante la dictación del...

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