Dictamen nº 52977 de Contraloría General de la República, de 23 de Agosto de 2011 - Doctrina Administrativa - VLEX 338101874

Dictamen nº 52977 de Contraloría General de la República, de 23 de Agosto de 2011

N° 52.977 Fecha : 23-VIII-2011

La Contraloría General no ha dado curso a la resolución N° 13, de 2011, de la Dirección de Arquitectura, Región Metropolitana, que aprueba contrato de consultoría para el diseño del "Edificio Institucional Fiscalía Nacional Ministerio Público", por no encontrarse ajustado a derecho, atendidas las siguientes observaciones:

  1. - No se adjunta la resolución que debió oficial izar al jurado del concurso -y que debió comunicarse a los concursantes-, conforme a lo prescrito en el artículo 5, inciso segundo, de las bases administrativas especiales, aprobadas por la resolución N° 120, de 2010, de la Dirección de Arquitectura.

  2. - No consta que quienes integraron el jurado en representación del Ministro de Obras Públicas y del Director de Arquitectura, hayan sido designados por éstos para desempeñar tal cometido.

  3. - En lugar del Presidente del Colegio de Arquitectos de Chile A.G., que de acuerdo al artículo 5, punto 6, de las citadas bases debió integrar el jurado, concurrió un representante de dicha asociación gremial.

  4. - No obstante que en virtud de las aclaraciones emitidas se introdujeron modificaciones a las bases administrativas a las que se ha venido haciendo mención, aquéllas no fueron aprobadas por resolución afecta al trámite de toma de razón.

  5. - En el documento de "Aclaraciones y Respuestas N°2", aclaración N° 2, se indica que las visitas por reuniones tipo c), se deben presupuestar como un valor por visita, lo que no guarda correspondencia con la naturaleza de la contratación, al margen de no existir un presupuesto para tal efecto.

  6. - De acuerdo al artículo 17 de las "Bases Generales de Concursos de Anteproyectos de la Dirección de Arquitectura del Ministerio de Obras Públicas", aprobadas por la resolución N° 144, de 1997, de la Dirección General de Obras Públicas, y al artículo 7 de las bases administrativas especiales ya referidas, la participación en el concurso se encontraba acotada a los arquitectos legalmente facultados para ejercer la profesión.

    Sin embargo, en la especie, según consta del acta final del concurso, de fecha 19 de abril de 2011, el anteproyecto que obtuvo el primer lugar fue presentado por las empresas "Luis Corvalán Arquitectura" y "Lateral Arquitectura, Arquitectura y Diseño Ltda.".

    A este respecto, el contrato que aprueba el acto en examen es celebrado entre esa Dirección y la oficina Luis Corvalán Arquitectura Ltda. representada por el arquitecto señor Luis Corvalán Véliz, aun...

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