Dictamen nº 80468 de Contraloría General de la República, de 16 de Octubre de 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 548954258

Dictamen nº 80468 de Contraloría General de la República, de 16 de Octubre de 2014

N° 80.468 Fecha: 16-X-2014

Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Víctor Abdo Orozco, funcionario del Hospital Barros Luco Trudeau, reclamando en contra de ese centro de salud, por cuanto aún no habría pagado las cantidades correspondientes a bonos de término de conflicto y de vacaciones, como se le ordenó en el dictamen N° 31.439, de 2014, de este origen.

Por su parte, ese establecimiento asistencial y el Servicio de Salud Metropolitano Sur han consultado el plazo de prescripción aplicable a dichos enteros.

Al respecto, es necesario recordar que, mediante el citado pronunciamiento, esta Entidad de Control concluyó que los servidores de ese hospital, contratados conforme a las normas del Código del Trabajo, tienen derecho al pago de los bonos de término de conflicto y de vacaciones previstos en las leyes que allí se señalan, por lo que esa institución debía arbitrar las medidas tendientes a solucionar lo adeudado, considerando para ello las disposiciones sobre prescripción pertinentes.

Luego, conviene destacar que de acuerdo a lo expresado en el artículo 510 del Código Laboral, y a lo precisado, entre otros, en los dictámenes Nos 33.896 y 55.605, ambos de 2014, de esta procedencia, el derecho al cobro de dichos beneficios prescribe en dos años contados desde la fecha en que se hicieron exigibles, plazo que se interrumpe por vía administrativa, mediante el reclamo formal ante el empleador o esta Entidad Fiscalizadora.

En este entendido, la conclusión anterior no se ve alterada...

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