Dictamen nº 51886 de Contraloría General de la República, de 30 de Junio de 2015 - Doctrina Administrativa - VLEX 577053686

Dictamen nº 51886 de Contraloría General de la República, de 30 de Junio de 2015

N° 51.886 Fecha: 30-VI-2015

Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Alejandro Segundo Oróstica Miranda, exfuncionario del Comando de Bienestar del Ejército, regido por las normas del Código del Trabajo, reclamando el pago de los bonos de término de conflicto y vacaciones, de los años 2011, 2012 y 2013.

En lo concerniente a las bonificaciones previstas en los artículos 25 y 26 de la ley N° 20.717, para el año 2013, cumple con indicar, en armonía con el criterio contenido en los dictámenes Nos 34.187, de 2011 y 45.415, de 2015, de este origen, entre otros, que la concurrencia de los requisitos indispensables para impetrarlos debe examinarse a la época de publicación de ese texto legal -esto es, el día 14 de diciembre de 2013-, especialmente en lo que atañe a la vigencia de la relación laboral.

De esta manera, y atendido que en los antecedentes tenidos a la vista, aparece que el señor Oróstica Miranda se desempeñó hasta el mes de febrero de 2013, no procede que se le otorguen los estipendios regulados en el referido ordenamiento, tal como consta que le fue informado por el Comando de Bienestar del Ejército, en su oficio N° 11.212, de 2 de junio de 2015, acompañado por el interesado.

Por otra parte, cabe recordar que los artículos 30 y 25 de las leyes Nos 20.559 y 20.642, respectivamente, concedieron un bono de término de conflicto para los años 2011 y 2012, a los trabajadores de los organismos que expresa, entre los que se considera la citada institución castrense, que fueron pagados en el curso de los meses de diciembre de 2011 y 2012.

A su turno, es dable anotar que el artículo 26 de ese último texto legal, otorgó una bonificación...

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