Dictamen nº 42796 de Contraloría General de la República, de 13 de Junio de 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 548997506

Dictamen nº 42796 de Contraloría General de la República, de 13 de Junio de 2014

N° 42.796 Fecha : 13-VI-2014

Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Beatriz Arcos Arroyo, facultativo dependiente del Departamento de Salud de la Municipalidad de Huechuraba, solicitando el pago de la asignación por asistencia mensual superior al noventa por ciento correspondiente al mes de mayo de 2013, la que no le habría sido enterada por dicha entidad edilicia, aun cuando estima que cumplía con los requisitos para ello. Agrega que incluso, a fin de acceder al anotado beneficio, se abstuvo de presentar una licencia médica por accidente del trabajo, lo que en su parecer infringe las leyes laborales.

A su turno, comparece doña Arlette Yáñez Roco, servidora del aludido departamento de salud, denunciando la ilegalidad en que habría incurrido la mencionada entidad comunal, ya que las exigencias establecidas por el municipio para obtener la asignación en comento -que correspondería a la regulada en el artículo 45 de la ley N° 19.378, Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal-, restringen el ejercicio del derecho a presentar licencias médicas y a solicitar permisos administrativos.

Requerido al efecto, el citado municipio informó, en relación a lo expresado por la señora Beatriz Arcos Arroyo, en síntesis, que el beneficio de que se trata corresponde a la asignación especial transitoria contemplada en los artículos 45 de la referida ley N° 19.378, y 82 del decreto N° 1.889, de 1995, del Ministerio de Salud, Reglamento de la Carrera Funcionaria del Personal Regido por el Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal, aprobada mediante el decreto alcaldicio N° 2.882, de 2012, la que se paga a todos aquellos servidores que han tenido una asistencia superior al noventa por ciento mensual, con la finalidad de disminuir el elevado ausentismo laboral que presentan los facultativos del área, principalmente, por causa de licencias médicas.

Añade, que en el caso de la señora Beatriz Arcos Arroyo, en abril de 2013, erróneamente se enteró el mencionado beneficio, por lo que en mayo de ese año se procedió al descuento del mismo, pese a haber cumplido con los supuestos para su percepción en este último mes.

En lo que refiere a la presentación de doña Arlette Yáñez Roco, señala, en resumen, que en un comienzo se otorgó la aludida asignación a todos los funcionarios del departamento de salud, lo que fue corregido por parte de la nueva administración, entendiendo que dichos recursos están contemplados en la ley como una herramienta de gestión...

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