Dictamen nº 39481 de Contraloría General de la República, de 27 de Mayo de 2016 - Doctrina Administrativa - VLEX 645371877

Dictamen nº 39481 de Contraloría General de la República, de 27 de Mayo de 2016

N° 39.481 Fecha: 27-V-2016

Se ha dirigido a esta Contraloría General el Hospital San Juan de Dios, consultando si una funcionaria, a la cual no individualiza y quien sería dirigente gremial, podría mantener el pago de la asignación de turno, en el caso de que se acceda a su solicitud de ser trasladada a una unidad que no labora bajo el sistema de turnos rotativos.

Sobre el particular, cabe recordar que, según lo dispuesto en el artículo 25 de la ley N° 19.296, los dirigentes de las asociaciones de funcionarios gozan de fuero desde la fecha de su elección y hasta seis meses después de haber cesado en su mandato, agregando en su inciso segundo, en lo atinente, que durante el mencionado lapso no podrán ser trasladados de la función que desempeñaren, sin su autorización, condición que, según lo afirmado por la entidad recurrente, se cumpliría en el caso por el cual se consulta.

Enseguida, es menester recordar que el artículo 94 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, estableció el estipendio en cuestión para el personal que indica, que labore efectiva y permanentemente en puestos de trabajo que requieran atención las 24 horas del día, durante todos los días del año, en un sistema de turno rotativo integrado por tres o cuatro funcionarios, agregando el artículo 96 de dicho cuerpo normativo, en lo que interesa, que para tener derecho a su entero, los beneficiarios deberán estar formalmente destinados a los mencionados empleos.

De esta manera, dado que el traslado...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR