Dictamen nº 36256 de Contraloría General de la República, de 7 de Mayo de 2015 - Doctrina Administrativa - VLEX 569734114

Dictamen nº 36256 de Contraloría General de la República, de 7 de Mayo de 2015

N° 36.256 Fecha: 07-V-2015

Se ha dirigido a esta Contraloría General don Héctor Baraona Rojas, exfuncionario de la Municipalidad de Macul, quien haciendo uso del derecho establecido en el inciso primero del artículo 156 de la ley N° 18.883, reclama en contra del procedimiento sumarial al término del cual se le impuso -a través del decreto alcaldicio N° 954, de 2014-, la medida disciplinaria de destitución, conforme a lo previsto en los artículos 120, letra d), y 123, del citado texto normativo.

Fundamenta su petición en una serie de alegaciones, consistentes, en resumen, en que los cargos son ambiguos y genéricos, no habiéndose acreditado su responsabilidad en las faltas que se le reprochan; que la sanción fue desproporcionada, ya que su conducta no causó daño al patrimonio municipal; que no se consideraron las circunstancias atenuantes que concurrían a su favor; y, que se omitió indicarle en qué calidad se le citaba y emplazarlo para recusar a la fiscal y actuaria, lo que, a su juicio, implicaría una transgresión a los principios del debido proceso, legalidad y pro reo, por lo que requiere, por una parte, dejar sin efecto la mencionada medida y, por otra, que esta Entidad de Control no registre el aludido acto sancionatorio.

Asimismo, expresa que la autoridad comunal dispuso -a partir del 9 de diciembre de 2014- la suspensión de sus funciones, sin derecho a percibir remuneraciones, por lo que pide se le reintegre a su trabajo y se le paguen estas últimas.

Finalmente, señala que habría otros empleados, pertenecientes al SERVIU Metropolitano y la Seremi de Vivienda y Urbanismo, involucrados en los mismos hechos indagados, por lo que estima que deben remitirse los antecedentes sumariales a dichos organismos y al Ministerio Público, con el fin de hacer efectivas las responsabilidades administrativas y penales que procedan.

Como cuestión previa, es dable manifestar que el procedimiento de que se trata fue incoado para indagar las presuntas irregularidades cometidas en la ejecución del proyecto “Complejo Deportivo Iván Zamorano”, habiéndose formulado cargos al peticionario -según consta a fojas 615 y 616-, por haber aprobado pagos en exceso sobre determinadas partidas, por obras no ejecutadas y con deficiencias constructivas; suscribir documentos con pie de firma del director de obras municipales, don Leoncio Delgado Pacheco; no efectuar, en el libro de obras, observaciones respecto a desperfectos de construcción en la ejecución y atrasos...

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