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Dictamen nº 30407 de Contraloría General de la República, de 22 de Abril de 2016

N° 30.407 Fecha: 22-IV-2016

Se han dirigido a esta Contraloría General los diputados señores Cristian Monckeberg Bruner, Alejandro Santana Tirachini y Luis Rocafull López, quienes solicitan disponer la realización de una auditoría a los procesos mediante los cuales el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, en lo sucesivo SENCE, seleccionó a la Fundación Centro de Capacitación y Desarrollo Social Chile, CADES, para constituirse en un organismo de capacitación técnica, en adelante OTEC.

Lo anterior, atendido que el ciudadano español señor Ángel Ojeda Avilés, quien fue procesado en España por apropiación indebida de fondos públicos, habría participado en la creación de la referida Fundación, así como en la de otras dos OTEC vinculadas a la primera, esto es, Prescal S.A. y la Fundación FORPE.

Asimismo, indican que entre los años 2013 y 2015, la aludida Fundación CADES se habría adjudicado fondos públicos ascendentes a $ 9.115.000.000, para impartir cursos de capacitación que, según manifiestan los recurrentes, presentarían graves deficiencias.

Además, hacen presente que el Director de la Fundación CADES es el señor Eduardo Robledo Santelices, quien entre los años 2006 y 2010 fue funcionario del SENCE.

Sobre la materia, es necesario manifestar que el artículo 19 de la ley N° 19.518, que Fija Nuevo Estatuto de Capacitación y Empleo, dispone que el SENCE llevará un Registro Nacional de Organismos Técnicos Capacitación, el que será público y tendrá por objetivos registrar los organismos habilitados para ejecutar las acciones de capacitación contempladas en ese ordenamiento e informar acerca de los organismos técnicos de capacitación, según sus características y el desempeño que exhiban al interior del sistema.

Por su parte, el artículo 46, letra e), del citado texto legal establece que el SENCE podrá establecer cada año, con cargo al Fondo Nacional de Capacitación –establecido en el artículo 44 de la misma ley-, programas destinados, entre otras finalidades, a la ejecución de las acciones de capacitación y formación de jóvenes de escasos recursos, particularmente de aquellos que han abandonado prematuramente la educación formal, para calificarlos en oficios u ocupaciones que les permitan acceder a un empleo o actividad de carácter productivo.

Añade este precepto que tales acciones respectivas podrán ser financiadas directamente con cargo a los recursos del mencionado fondo cuando sean emprendidas por instituciones privadas sin fines de lucro, dedicadas exclusivamente a atender las necesidades de calificación laboral de dichos jóvenes y que al efecto dispongan de infraestructura y personal adecuado.

Continúa, precisando que, para esos efectos, las referidas instituciones deberán presentar al SENCE un programa anual de acciones de capacitación y formación, para su aprobación antes del término del año precedente al de su ejecución, y estar inscritas en una clase o categoría especial contemplada en el Registro antes aludido, para los organismos técnicos de capacitación que cumplan con las condiciones señaladas.

Por otra parte, es dable consignar que el decreto N° 42, de 2011, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que Establece Componentes, Líneas de Acción y Procedimientos, Modalidades y Mecanismos de Control del Programa de Capacitación en Oficios, previene en su artículo quinto que los cursos de ese programa solo podrán ser ejecutados por OTEC que cuenten con la autorización para impartir capacitación, de acuerdo con la normativa que rige el Sistema de Capacitación y Empleo, regulado por la ley Nº 19.518 y su Reglamento General, y añade que la selección de tales entidades se hará por medio de los procesos de compras contemplados en la ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y su reglamento.

En este contexto, cabe señalar que de los antecedentes examinados por esta Entidad de Control aparece que, mediante la resolución exenta N° 1.482, de 2013, del SENCE, se autorizó la incorporación de la mencionada Fundación CADES a la Categoría Especial del Registro Nacional de Organismos Técnicos de Capacitación contemplada en el referido artículo 46, letra e), de la ley N° 19.518.

Además, de acuerdo con el Certificado de Directorio de Persona Jurídica sin Fin de Lucro, extendido por el Servicio de Registro Civil e Identificación el 2 de septiembre de 2015, la Fundación CADES cuenta con personalidad jurídica vigente, concedida mediante resolución exenta N° 4.694, de 2012, del Ministerio de Justicia; además, ese documento consigna el nombre de los integrantes del directorio de aquella entidad privada, sin que aparezca la participación del ciudadano español antes individualizado. La misma conclusión fluye del examen del certificado de igual naturaleza extendido en relación con la Fundación FORPE. El detalle de la información recopilada se expone a continuación:

TABLA N° 1: CONSTITUCIÓN SOCIETARIA DE LAS INSTITUCIONES PRIVADAS
INSTITUCIÓN
RUT
SOCIOS
Fundación Centro de Capacitación y Desarrollo Social Chile. 65.065.054-9 Presidente: Carlos Fuentes Ruiz Secretaria: Fadúa Denisse Gajardo Pineda Director: María Ojeda Romero.
Fundación FORPE Chile. 65.062.756-3 Presidente: Carlos Fuentes Ruiz Secretaria: Fadúa Denisse Gajardo Pineda Director: María Ojeda Romero.Fuente: Certificados Folios Nos. 500079870974 y 500079897328, ambos del Servicio de Registro Civil e Identificación. Por otra parte, del análisis de la información proporcionada por el SENCE, se advierte que, entre los años 2013 y 2015, la Fundación CADES se adjudicó el total de $ 9.115.457.500 por concepto de ejecución de cursos de capacitación, correspondientes al individualizado Programa de Capacitación en Oficios, y la Fundación FORPE Chile la suma de $ 452.736.250; en tanto, no aparece que la empresa PRESCAL S.A. haya percibido fondos de ese origen durante dicho lapso.
TABLA N° 2 MONTOS ADJUDICADOS POR OTEC
ADJUDICACIONES POR OTEC
RUT
ADJUDICADO 2013 ($)
ADJUDICADO 2014 ($)
ADJUDICADO 2015 ($)
TOTAL ADJUDICADO ($)
FUNDACIÓN CENTRO DE CAPACITACIÓN Y DESARROLLO SOCIAL CHILE
65.065.054-9
1.615.183.000
5.752.892.000
1.747.382.500
9.115.457.5001
FUNDACIÓN FORPE CHILE
65.062.756-3
-
295.110.000
157.626.250
452.736.250
PRESCAL S.A.
96.771.980-3
- - -
0
TOTAL \"\"
9.568.193.750Fuente: Información proporcionada por la Unidad de Auditoría interna del SENCE. ___________________ 1 Antecedente incorporado en el oficio ordinario N° 1.492, de 2015, del SENCE, mediante el cual se informa a la Tercera Comisión Especial Mixta de Presupuestos del Congreso Nacional acerca de la materia. En este punto, cabe precisar que el SENCE proporcionó a este Organismo de Control, mediante planillas enviadas a través de correo electrónico, la información relativa al total de los cursos adjudicados a la referida Fundación CADES durante los años 2013 y 2015, con indicación de los tipos de cursos, su estado de ejecución, alumnos, y los montos autorizados y pagados. Ahora bien, de conformidad con los análisis efectuados a la referida información, este Organismo Fiscalizador determinó que los cursos adjudicados a la Fundación CADES en 2013 se encuentran pagados en su totalidad, por haberse cumplido todas sus fases, previstas en los instructivos emitidos por el servicio para efectuar los pagos respectivos, esto es, el anticipo de convenio, la preliquidación -que se verifica al finalizar la fase lectiva- y, finalmente, la liquidación, que es enterada al término de la práctica laboral. Seguidamente, cabe consignar que de los recursos entregados a la mencionada...

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