Dictamen nº 28884 de Contraloría General de la República, de 14 de Abril de 2015 - Doctrina Administrativa - VLEX 566356838

Dictamen nº 28884 de Contraloría General de la República, de 14 de Abril de 2015

N° 28.884 Fecha: 14-IV-2015

El señor Alejandro Riquelme Vieira, en representación, según expone, de la “Asociación de Propietarios Arboretum Mirador del Valle”, reclama que tanto la Municipalidad de Peñalolén -con ocasión de una denuncia de obra ruinosa efectuada el 30 de abril de 2014, relativa a una construcción en el inmueble de calle Las Raíces N°s. 1.401 y 1.351- como la Secretaría Regional Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo (SEREMI) -respecto a una petición de paralización y demolición de aquellas edificaciones, realizada el 26 de mayo de la misma anualidad, por no contar con permiso de edificación-, no habrían actuado conforme a lo que correspondía.

Recabado su parecer, la SEREMI señala que a través de su oficio N° 2.830, también de 2014, indicó, frente a la mencionada petición, que estimó del caso no emitir un pronunciamiento en atención a que el asunto de la especie se encontraba en conocimiento del Juzgado de Policía Local de Peñalolén.

Añade que posteriormente, por su oficio N° 4.918, de igual año, determinó que no procedía la demolición, toda vez que el propietario había ingresado a la Dirección de Obras de la Municipalidad de Peñalolén (DOM), las pertinentes solicitudes de permisos de edificación.

Por su parte, la citada entidad edilicia expone, en resumen, que la DOM dispuso, en su oportunidad, la paralización de las obras -efectuando la denuncia ante el nombrado tribunal-, y que esa unidad municipal recomendó su demolición por amenazar ruina, medida que, sin embargo, no pudo llevarse a cabo por cuanto se interpuso en contra del propietario de los terrenos un recurso de protección ante la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago -rol N° 29.627, de 2014-, en el que se dictó una orden de no innovar.

Al respecto, cumple con manifestar que de los antecedentes tenidos a la vista aparece que el día 4 de abril de 2014, la DOM denunció ante el Juzgado de Policía Local de Peñalolén -causa rol N° 7.860-3, de 2014- que el propietario del predio en análisis no había acatado diversas órdenes de paralización por no contar con permiso de edificación.

Luego, que el 20 de septiembre de 2014, dicha denuncia no fue acogida por ese juzgado, ratificándose tal decisión por la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, el 18 de marzo de 2015, en causa rol N° 1.396-2014, sobre recurso de apelación.

Además, aparece que con fecha 29 de mayo del pasado año se interpuso ante la misma Corte de Apelaciones la mencionada acción de...

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