Dictamen nº 30667 de Contraloría General de la República, de 23 de Septiembre de 1997 - Doctrina Administrativa - VLEX 240087014

Dictamen nº 30667 de Contraloría General de la República, de 23 de Septiembre de 1997

es improcedente conceder pension de montepio a hija de pensionado en el regimen de la ex caja de retiros y prevision social de ferrocarriles, ya que a la epoca de fallecimiento de su padre, aquella renuncio mediante declaracion jurada ante notario, a todos los derechos que las leyes le conferian sobre el indicado beneficio. ello, porque el art/2 de ley 12522, indica que son nulos y de ningun valor los contratos que tengan por objeto la cesion, donacion, o transferencia en cualquier forma ya sea a titulo gratuito u oneroso, de las pensiones de montepio, sin aludir a la simple renuncia a tales franquicias. aun considerando no valida la renuncia de interesada atendido que dictamen 26153/92, determino que, en materia de seguridad social, la renuncia de los derechos previsionales solo es factible en la medida que existan dos beneficios entre los cuales se deba...

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