Dictamen nº 21253 de Contraloría General de la República, de 6 de Junio de 2001 - Doctrina Administrativa - VLEX 240024310

Dictamen nº 21253 de Contraloría General de la República, de 6 de Junio de 2001

N° 21.253 Fecha: 06-VI-2001

La Junta Nacional de Jardines Infantiles ha remitido a esta Contraloría General, para su trámite de toma de razón, la resolución N° 47, de 2001, por la cual se pone término a un sumario administrativo ordenado instruir por resolución exenta N° 15/1098, de 1999, proceso administrativo en que se impuso a don R.D., la medida disciplinaria de destitución.

Por su parte, el señor R.D. ha ocurrido ante esta Entidad de Control formulando diversas consideraciones en relación al proceso disciplinario que le afecta, y que dicen relación, principalmente, con la circunstancia de que los cargos que se le imputan serían de excesiva amplitud, y que, además, existiría una descoordinación en cuanto al ejercicio de las funciones de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, situación que se evidencia en el hecho de que ésta habría contratado a un profesional externo para realizar funciones cuyo incumplimiento se imputan al recurrente.

Ahora bien, en los cargos que se le formularon al señor R.D. a fojas 1183 y 1184 de autos, se le reprocha el no haber constatado por todos los medios a su alcance, que el Inspector Técnico de Obras (ITO) a cargo del proyecto en cuestión y que formaba parte de la Unidad Técnica Operativa -la que constituía una unidad más de la Coordinación de Recursos Materiales- había ejecutado efectivamente el trabajo que se le había encomendado en los 38 establecimientos educativos de la institución y que formaban parte del proyecto llevado a cabo durante el año 1997, cumpliendo con todos los procedimientos establecidos para la ejecución de obras, antes de que se procediera a dar el V° B° para pagar las facturas a los contratistas, a través de los cheques respectivos y, con ello, causándole un grave daño a la Institución.

Sobre el particular, cabe señalar, en primer término, que no obstante que del detenido estudio del expediente sumarial adjunto, ha quedado acreditada la responsabilidad de orden general que asistiría al señor R.D., en su calidad de Jefe de la Unidad de Recursos Materiales, lo que implica la supervisión integral de todas las funciones adscritas a esa unidad, consta a fojas 1233 del expediente, la celebración de un convenio con el constructor civil ajeno al servicio, señor J. C., en el cual se le asignan funciones específicas en relación a las irregularidades que motivan los cargos en contra del señor M.D., como son, entre otras, la de supervisar las obras, visar los documentos de pago y ejecutar las...

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