Dictamen nº 17404 de Contraloría General de la República, de 10 de Junio de 1988 - Doctrina Administrativa - VLEX 239898694

Dictamen nº 17404 de Contraloría General de la República, de 10 de Junio de 1988

en relacion a los gastos que en materia de difusion, publicidad y relaciones publicas pueden efectuar los organismos de la administracion del estado, cabe senalar que la legislacion presupuestaria para el sector publico ha contemplado regularmente disponibilidades destinadas a satisfacer los gastos referidos, los cuales, acorde ley 18669, de presupuestos para 1988, forman parte del subtitulo/22 "bienes y servicios de consumo". segun la jurisprudencia, publicidad implica dar a conocer hechos o actos; difusion, divulgar una actividad, ciencia o arte; y relaciones publicas, mantener un vinculo que facilite a la entidad dar a conocer al publico su labor. clasificador de ingresos y gastos para 1988, aprobado por dto 1225/87 hacie, reiterando lo previsto en anos anteriores, ha desagregado el subtitulo/22, contemplando el item/17, asignacion/002, la que permite financiar gastos como, avisos, promocion en periodicos, radios, television, cines, teatros, revistas, etc, como tambien, contratos con agencias de publicidad, pagos de servicios de impresion, reproduccion, encuadernacion y otros necesarios para confeccion de afiches, folletos y revistas, servicios de exposicion y, en general, otros similares destinados a estos objetivos. criterio de contraloria, en orden a que caudales publicos no pueden invertirse en otra publicidad que la estrictamente necesaria para informar a los usuarios sobre la forma de acceder a las prestaciones de los servicios publicos, actualmente no resulta aplicable, atendido que el ordenamiento juridico vigente establece una mayor cobertura al respecto; por ende, las entidades del estado estan facultadas para dar a conocer al publico la labor realizada por ellas.; no obstante, el empleo de tales recursos debe ajustarse a los siguientes principios basicos o limitantes: sobre su monto, debe atenerse a respectivas disponibilidades presupuestarias; respecto a su naturaleza, acorde clasificador presupuestario para 1988, es factible ejecutar gastos como avisos, promocion en periodicos, radios, television, cines, teatros, revistas, etc...

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