Dictamen nº 41424 de Contraloría General de la República, de 30 de Octubre de 2000 - Doctrina Administrativa - VLEX 239892054

Dictamen nº 41424 de Contraloría General de la República, de 30 de Octubre de 2000

N° 41.424 Fecha: 30-X-2000

Se ha enviado a esta Contraloría General, para su toma de razón, la resolución N° 79, de 2000, mediante el cual se aplican las medidas disciplinarias que se indican al personal de la Casa de Moneda de Chile que se individualiza, como consecuencia de una investigación sumaria ordenada instruir por resolución exenta N° 676, de 2000, del Director de esa entidad.

Por su parte, doña D G, funcionaria de la Planta Operativa, grado 25° EUS, ha reclamado ante este Organismo de Control en contra de la medida de "terminación de los servicios" que se ha acordado imponerle, manifestando, en síntesis, que dicha sanción resultaría injusta, pues nunca se le habría advertido que la actividad que realizara, de prestar dinero con intereses a algunos compañeros, en cantidades que fluctuaban de $ 5.000.- a $ 20.000.-, era un hecho ilícito. Añade que en su actuar no existió el ánimo de transgredir reglamentaciones internas del servicio. Enseguida, alega que la sanción aplicada sería muy rigurosa, considerando que otros trabajadores que cometieron acciones similares a la suya, fueron castigados sólo con la medida de "amonestación escrita" Por último, invoca a su favor su trayectoria de más de 10 años de servicios, sin sumarios o investigaciones anteriores, buenas calificaciones y "excelente opinión de mis jefes directos y supervisores".

A su turno, la Asociación Nacional de Funcionarios Unión del Personal de la Casa de Moneda de Chile, se ha dirigido a esta Entidad Fiscalizadora expresando que la investigación habría carecido de claridad y transparencia, pues en ella sólo se sanciona a funcionarios de la Planta Operativa o a contratados a honorarios, en circunstancias que existirían antecedentes que permitirían involucrar también en los hechos a empleados de mayor nivel jerárquico.

En relación con la materia cabe señalar, en primer término, que la investigación sumaria en examen fue instruida a fin de determinar la responsabilidad que afectaría a funcionarios del servicio, con motivo de diversas transacciones comerciales y de dinero realizadas al interior de la repartición en horas de trabajo.

Los hechos descritos sirvieron de base, en la instancia procesal pertinente, a la formulación de cargos de rigor, los que consisten, respecto de la señora D G -fojas 40- en haber efectuado préstamos de dinero, en dependencias de la Institución, a trabajadores del servicio, y percibido intereses por ello, infringiendo los artículos 2° N° 2 y 3° N°...

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