Dictamen nº 78406 de Contraloría General de la República, de 18 de Diciembre de 2012 - Doctrina Administrativa - VLEX 412764598

Dictamen nº 78406 de Contraloría General de la República, de 18 de Diciembre de 2012

N° 78.406 Fecha: 18-XII-2012 Se ha dirigido a esta Entidad de Control don Héctor Morales Ramírez, consultando sobre la legalidad de la actuación del Ministerio de Bienes Nacionales que no le ha informado sobre el estado de tramitación de diversas solicitudes que habría realizado ante dicha Cartera en representación de un grupo de pobladores de la comuna de Las Guaitecas, sin perjuicio de que la Secretaría Regional Ministerial de la Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo -en adelante, SEREMI-, ya habría dado a estos una respuesta directa, situación que a su juicio no se ajusta a derecho. El Ministerio de Bienes Nacionales señala que dentro de las competencias de esa Secretaría de Estado está el saneamiento de la posesión y constitución del dominio de la pequeña propiedad raíz, procedimiento que el recurrente habría intentado iniciar en representación de diversos pobladores sin estar inscrito en el Registro Nacional de Contratistas. Agrega que para dar comienzo al trámite, el recurrente presentó ante la SEREMI formularios incompletos, sin perjuicio de lo cual se dio comienzo a la regularización, previo requerimiento a la municipalidad correspondiente de los datos y documentación omitidos. Finalmente, informa acerca del estado actual de las solicitudes a que hace referencia el interesado, señalando que la mayor parte de los terrenos pretendidos aún se encuentran fuera del “Loteo Ministerio de Bienes Nacionales”. En relación con la materia, cabe indicar que la letra d) del artículo 42 del decreto ley N° 2.695, de 1979, que fija normas para regularizar la posesión de la pequeña propiedad raíz y para la constitución del dominio sobre ella, señala que le corresponde al Ministerio de Bienes Nacionales establecer un Registro Nacional en el que se inscribirán las personas naturales o jurídicas que se interesen en realizar los trabajos topográficos y jurídicos a que se refiere su artículo 40, y que constituyen acciones de apoyo necesarias para acogerse a los beneficios que dispone ese cuerpo legal. Por su parte, el decreto N° 127, de 2004, del Ministerio de Bienes Nacionales, reglamenta el Registro Nacional de Contratistas de la referida Secretaría de Estado, para la ejecución de los trabajos jurídicos y topográficos a que se refiere el citado decreto ley. Su artículo 4° dispone que ese Ministerio establecerá y mantendrá dicho registro, el cual estará conformado por todas las personas naturales o jurídicas cuya inscripción se encuentre...

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