Dictamen nº 61653 de Contraloría General de la República, de 12 de Agosto de 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 524587322

Dictamen nº 61653 de Contraloría General de la República, de 12 de Agosto de 2014

N° 61.653\tFecha: 12-VIII-2014

Se ha dirigido a esta Contraloría General, el señor José Luis Carreño Fernández, formulando un reclamo en contra de la Universidad Tecnológica Metropolitana, UTEM, por cuanto, debido a que mantiene una deuda con la misma, esta se habría negado a otorgarle un certificado de aranceles al día, documento exigido para solicitar la apertura de su expediente de titulación, por lo que, a su juicio, la obtención del título de arquitecto se encuentra condicionada a la total regularización de su deuda, ascendente a aproximadamente dos millones de pesos, cuyo pago pactó con la universidad en 17 cuotas, por ende, consulta sobre la procedencia de que la titulación de un estudiante se vea supeditada a asuntos de carácter económico.

Agrega el recurrente que, producto de sus letras de cambio impagas y vencidas, su situación financiera fue informada al Boletín Comercial -DICOM- lo cual le impide acceder a un crédito en una institución bancaria con el objeto de solucionar la totalidad de su deuda.

Requerido informe, el Rector de la UTEM por medio del oficio N° 17, de 2014, manifestó que el señor Carreño Fernández regularizó su situación arancelaria durante el mes de diciembre de 2013, al acudir a esa casa de estudios a reprogramar el pago de su deuda, razón por la cual se procedió a aclarar sus documentos comerciales, debiendo encontrarse fuera de los registros de DICOM, por este concepto.

A continuación, señala que el día 24 de febrero de 2014, el peticionario realizó el pago total de lo adeudado, por lo que, estando al día su situación arancelaria en ese establecimiento de educación superior, este se encuentra en condiciones de solicitar el certificado de situación arancelaria requerido para la apertura de su expediente de titulación.

Sobre el particular, es del caso indicar, primeramente, que de acuerdo a lo informado por la UTEM, la situación financiera del ocurrente con dicha entidad ya fue regularizada, por lo que se entiende superado el problema expuesto por el señor Carreño Fernández en relación a esa materia.

Sin perjuicio de lo anterior, es menester aclarar que conforme disponen los artículos 1° y 2° de la ley N° 19.239, que Crea la Universidad Tecnológica Metropolitana, esta es una institución de educación superior del estado, autónoma, con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuyo objeto fundamental será ocuparse, en un nivel avanzado, de la creación, cultivo y transmisión de conocimiento por medio de la...

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