Dictamen nº 24762 de Contraloría General de la República, de 8 de Abril de 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 505093938

Dictamen nº 24762 de Contraloría General de la República, de 8 de Abril de 2014

N° 24.762 Fecha : 08-IV-2014

Se ha dirigido a esta Contraloría General don Fernando Galleguillos Bascuñán, pensionado del régimen previsional de la ex Caja de la Hípica Nacional, para solicitar se le considere en la pensión otorgada los períodos de imposiciones registradas paralelamente en otras cajas de previsión y que se le conceda la indemnización por años de servicios que, a su juicio, le correspondería.

Requerido su informe, el Instituto de Previsión Social, junto con remitir los expedientes jubilatorios respectivos, manifestó que, si bien existen períodos de imposiciones paralelas, no corresponde considerarlos en su actual pensión y que el derecho para impetrar la indemnización a la que alude se encuentra actualmente prescrito.

Sobre el particular, es dable expresar que al recurrente se le concedió pensión de vejez mediante la resolución N° 200, de 1983, de la Caja de Previsión de la Hípica Nacional, a partir del 1 de mayo de 1981, sobre la base de 22 años de cotizaciones, correspondientes a 13 años y 3 meses en la ex Caja de la Hípica Nacional; 4 años, 10 meses y 16 días en la ex Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas; y 4 años y 5 meses en el ex Servicio de Seguro Social.

Al respecto, y tal como lo reconoce el instituto informante, los períodos simultáneos de imposiciones del peticionario no resultan útiles para efectos de aumentar el número de años computables en la pensión de que goza en la actualidad, en atención a lo resuelto, entre otros, en el dictamen N° 16.312, de 2008, de este origen, según el cual, de acuerdo con el principio de funcionamiento de la continuidad de la previsión, los tiempos que se cuentan deben ser sucesivos, no siendo procedente aumentar con lapsos paralelos el...

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