Dictamen nº 13978 de Contraloría General de la República, de 15 de Abril de 2002

Resumen


el alcance con el cual fue cursado el dto 763/2001 justicia, reglamento especial de calificaciones de los funcionarios del servicio nacional de menores, en orden a que las disposiciones del mismo no se aplicarian al proceso calificatorio que debe realizarse en dicho organismo, tuvo por objeto puntualizar que ese texto reglamentario, de publicarse en agosto de ese ano, no podia regir retroactivamente. como fue en definitiva publicado el 5/9/2001, no procede su aplicacion para el periodo de desempeno funcionario 1/9/2001 a 31/8/2002, debiendo entenderse diferida su vigencia hasta el 1/9/2002. ello, porque acorde art/33 de ley 18834 la calificacion de los funcionarios afectos a dicho cuerpo normativo evaluara los doce meses de desempeno de los servidores, comprendidos entre el 1 de septiembre de un ano y el 31 de agosto del ano siguiente. asi, los reglamentos de calificaciones que se dicten para los diversos servicios que integran la administracion, deben empezar a regir para el periodo de desempeno funcionario que se inicia el 1 de septiembre de un determinado ano, pues lo contrario significaria otorgarles efecto retroactivo

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Extracto


Dictamen nº 13978 de Contraloría General de la República, de 15 de Abril de 2002

N° 13.978 Fecha: 15-IV-2002

Se ha dirigido a esta Contraloría General el Servicio Nacional de Menores, solicitando se aclaren los términos del oficio N° 32.681, de 2001, de esta Contraloría General, m...

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