Dictamen nº 48065 de Contraloría General de la República, de 19 de Diciembre de 2001 - Doctrina Administrativa - VLEX 239864810

Dictamen nº 48065 de Contraloría General de la República, de 19 de Diciembre de 2001

N° 48.065 Fecha: 19-XII-2001

La Contraloría Regional de Coquimbo ha solicitado se emita un pronunciamiento que determine el sentido y alcance de los artículos 134 de la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades y 16 de la Ley N° 10.336, Orgánica Constitucional de la Contraloría General de la República, en relación con las facultades de fiscalización que este Organismo posee respecto de las Corporaciones Municipales.

De igual modo, ha remitido la presentación de don M. P., en representación de la Sociedad Torres y Poblete Limitada, mediante la cual solicita una investigación acerca de la adjudicación de la propuesta "Adquisición Mobiliario Escolar para Ingreso de la Jornada Escolar Completa, de Establecimientos Educacionales Municipalizados de la Comuna de La Serena", convocada por la Corporación Municipal "Gabriel González Videla". Así también, en presentación de fecha 8 de marzo del año 2001, solicita que esta Contraloría General disponga se deje sin efecto la referida adjudicación, por no cumplir con las bases, al exceder el plazo existente para efectuar la adjudicación y beneficiar a un oferente que no realizó la mejor oferta económica.

Sobre el particular, como cuestión previa, cabe señalar que dicha corporación es una persona jurídica de derecho privado sin fines de lucro, cuya finalidad es administrar los servicios traspasados del área de educación, salud y atención de menores, constituida conforme a las normas del Título XXXIII del Libro I del Código Civil, al amparo del artículo 12 del Decreto con Fuerza de Ley N° 1-3.063, de 1980, de Interior, agregado por el artículo 26 del decreto ley N° 3.477, de 1980.

Según lo dispuesto en el artículo 15 del citado D.F.L. N° 1-3.063, de 1980, la Contraloría General de la República fiscalizará las personas jurídicas de derecho privado a que se refiere el artículo 12, de acuerdo a las facultades que le otorga el artículo 25 de su Ley Orgánica.

Pues bien, el aludido artículo 25 de la Ley N° 10.336, establece que esta Contraloría General fiscalizará la correcta inversión de los fondos fiscales que cualesquiera persona o instituciones de carácter privado perciban por leyes permanentes a título de subvención o aporte del Estado para una finalidad específica y determinada. Esta fiscalización tendrá por objeto establecer si se ha dado cumplimiento a dicha finalidad.

Asimismo, es menester considerar que la Ley N° 19.602 agregó el artículo 130 bis -actual artículo 134- a la Ley N° 18.695...

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