Dictamen nº 10322 de Contraloría General de la República, de 21 de Marzo de 2001 - Doctrina Administrativa - VLEX 239756238

Dictamen nº 10322 de Contraloría General de la República, de 21 de Marzo de 2001

N° 10.322 Fecha: 21-III-2001

Con motivo de las presentaciones que, por separado, efectuaron ante esta Entidad de Control los diputados N. Á. y E. V. R., la Contraloría General procede a dictaminar acerca de si el Servicio de Impuestos Internos cuenta con atribuciones para suscribir convenios con empresas de tecnología automatizada de información, en virtud de los cuales ese Servicio puede tener acceso a las bases de datos de dichas empresas, en aquellos aspectos que son de su interés, y las referidas empresas pueden, a su vez, acceder a ciertos y determinados datos con que cuenta esa entidad pública.

Requerido el informe pertinente, respecto de cada una de las aludidas presentaciones, el Servicio de Impuestos Internos ha expresado, en síntesis, que cuenta con atribuciones para celebrar los aludidos convenios, que la información que proporciona no tiene el carácter de secreta o reservada, y que tanto la información que recibe como la entrega de información a las referidas entidades privadas le permiten el mejor cumplimiento de sus funciones.

Sobre el particular, esta Entidad Fiscalizadora cumple con manifestar, en primer término, que al Servicio de Impuestos Internos, de conformidad con lo establecido en el artículo 1° del decreto con fuerza de ley N° 7, de 1980, del Ministerio de Hacienda -que fijó su ley orgánica-, le corresponde la aplicación y fiscalización de todos los impuestos internos actualmente establecidos o que se establecieren, fiscales o de otro carácter en que tenga interés el Fisco y cuyo control no esté especialmente encomendado por la ley a una autoridad diferente.

Por su parte, el artículo 7°, letra ñ), de ese mismo cuerpo legal, expresa que al director de esa repartición pública le compete "ejecutar los actos y celebrar los contratos que estime necesarios para el cumplimiento de los fines del Servicio y, entre otros, comprar, construir, reparar, arrendar y dar en arrendamiento, y mantener toda clase de bienes muebles e inmuebles, y vender servicios, con entera independencia de toda otra autoridad y sin sujeción a otro requisito que las disponibilidades presupuestarias".

Ahora bien, teniendo presente la normativa legal citada, resulta necesario, a fin de resolver el problema que se analiza, determinar, en primer término, si la información que se obliga a entregar el Servicio de Impuestos Internos a través de los aludidos convenios -relativa al número del rol único tributario de los contribuyentes, a la nómina de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR