Dictamen nº 17381 de Contraloría General de la República, de 16 de Mayo de 2000 - Doctrina Administrativa - VLEX 239694118

Dictamen nº 17381 de Contraloría General de la República, de 16 de Mayo de 2000

N° 17.381 Fecha: 16-V-2000

Se ha dirigido a esta Contraloría General Las Fábricas y Maestranzas del Ejército, consultando acerca de la procedencia de que el Ministerio de Hacienda autorice un suplemento al aporte que la Ley de Presupuestos contempla en favor de esa empresa, en la partida correspondiente a la Subsecretaría de Guerra, a fin de atender al eventual gasto que pudiere derivar del cumplimiento de una sentencia condenatoria dictada en su contra, toda vez que, según expresa, dentro de su presupuesto anual no cuenta con recursos para ello.

Agrega que, por tratarse de una empresa estatal, que se relaciona con el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Defensa Nacional, en virtud de lo dispuesto en el artículo 11° de la ley N° 18.382, no le es aplicable la Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado, contenida en el decreto ley N° 1.263, de 1975, en particular su artículo 28, que dispone que el Ejecutivo puede ordenar pagos, excediéndose de las sumas consultadas en el rubro correspondiente al cumplimiento de sentencias condenatorias.

Consultado su parecer, el Ministerio de Hacienda informó que cualquier eventual cumplimiento de una sentencia ejecutoriada que pudiere enfrentar Las Fábricas y Maestranzas del Ejército, constituiría una obligación propia a solventar con su presupuesto, y ante una imposibilidad manifiesta de hacerlo, podría proceder el Ejecutivo a disponer, dentro de las limitaciones legales y de disponibilidad de recursos, las adecuaciones que fueren procedentes.

Sobre el particular, cabe mencionar que el decreto con fuerza de ley N° 223, de 1953, del Ministerio de Defensa Nacional, que aprobó la ley orgánica de Las Fábricas y Maestranzas del Ejército, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto N° 375, de 1978, de la misma Secretaría de Estado, Subsecretaría de Guerra, prescribe, en el artículo 1°, modificado por la ley N° 18.912, que esa empresa, individualizada por la sigla FAMAE, constituye una Corporación de Derecho Público, que goza de personalidad jurídica, administración autónoma y de patrimonio propio, de conformidad a lo dispuesto en esa ley, y que se relaciona con el Supremo Gobierno por intermedio del Ministerio de Defensa Nacional.

A su turno, la ley N° 18.382, establece, en el artículo 11 °, un régimen financiero y presupuestario especial para las empresas del Estado que dependen o se relacionan con el Ejecutivo a través del Ministerio de Defensa Nacional...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR