Dictamen nº 26545 de Contraloría General de la República, de 20 de Julio de 2000 - Doctrina Administrativa - VLEX 239659218

Dictamen nº 26545 de Contraloría General de la República, de 20 de Julio de 2000

N° 26.545 Fecha: 20-VII-2000

Se ha dirigido nuevamente a esta Contraloría General don C.R., Licenciado en Química y Doctor en Física, Profesor Asistente del Departamento de Física de la Facultad de Ciencias Físicas y Matemáticas de la Universidad de Chile, reclamando en contra de la calificación académica que se le asignara por el período comprendido entre 1995 y 1996, que le significara quedar ubicado en Nivel Dos, regular, lo que considera absolutamente arbitrario por las razones que expone.

Manifiesta en su presentación el señor C.R. que nuevamente se habría incurrido en vicios de ilegalidad en su proceso calificatorio, que afectarían su eficacia, señalando al efecto que su evaluación, en esta oportunidad, la efectuó la Comisión Superior de Calificación Académica de la Universidad de Chile, de oficio, en una sola instancia y con el carácter de inapelable, la que mantuvo su calificación en Nivel Dos, regular, haciendo caso omiso, según aduce, de los anteriores dictámenes de este Organismo de Control que acogieron reclamos que interpusiera en contra de esta misma calificación .

Además, expresa que, a su entender, dicha Comisión Superior habría actuado con falta de objetividad, desconociendo específicamente el dictamen de esta Contraloría General N° 3.010, de 2000, al rebajar su calificación por las escasas actividades de docencia y administración, sin considerar que en este pronunciamiento se señala que, al ser consideradas estas actividades como buenas por parte de la Comisión de Apelaciones, no se podía mantener su nivel evaluatorio en regular, razón por la cual ordenó se retrotrajera este proceso al estado de emitirse por la Comisión Calificadora un acuerdo, debidamente fundado, en que se expongan razones y hechos por los cuales se le otorga un determinado nivel evaluatorio.

Seguidamente, alega que la citada Comisión Superior, al tomar su determinación, no consideró todas las actividades realizadas en dicho período evaluatorio, y que fueron entregadas oportunamente a las Comisiones de Calificación, además de hacer caso omiso de¡ informe entregado por el Director del Departamento de Física, su , Jefe Directo, contraviniendo así lo dispuesto en los artículos 31 N° V y 36 del Decreto N° 3.598, de 1994, de la Universidad de Chile, sobre Reglamento de Calificación Académica.

Requerido de informe, el Rector de la Universidad de Chile se ha servido emitirlo mediante oficio N° 404, de 2000, en el que, aparte de llevar a cabo un análisis del...

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