Dictamen nº 5840 de Contraloría General de la República, de 8 de Febrero de 2002 - Doctrina Administrativa - VLEX 239528622

Dictamen nº 5840 de Contraloría General de la República, de 8 de Febrero de 2002

Nº 5.840 Fecha: 08-II-2002

Doña M.E.P.P, funcionaria del Hospital San Juan de Dios, se ha dirigido a esta Contraloría General, solicitando un pronunciamiento que determine si le asiste el derecho para percibir el bono de escolaridad previsto en el artículo 14° de la Ley Nº 19.703.

Requerido su informe, el Director del Hospital San Juan de Dios, mediante oficio Nº 893, de 2001, ha manifestado, en síntesis, que a la fecha de pago de la primera y segunda cuota del bono de escolaridad establecido por el artículo 14° de la Ley Nº 19.703, la hija de la peticionaria no constituía carga familiar reconocida, razón por la cual no fue cursada su solicitud de pago del aludido bono.

Al respecto, cabe manifestar, en primer término, que el articulo 14° de la Ley Nº 19.703, concede, por una sola vez, a los trabajadores del Sector Público que indica, un bono de escolaridad no imponible, por cada hijo de entre cinco y veinticuatro años de edad, que sea carga familiar reconocida para los efectos del D.F.L. Nº 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

La misma disposición agrega, que este beneficio se otorgará aun cuando no perciban el beneficio de asignación familiar y, siempre que se encuentren cursando estudios regulares en los niveles de enseñanza pre-básica del 2° nivel de transición, educación básica o media, educación superior o educación especial, en establecimientos educacionales del Estado o reconocidos por éste. El beneficio ascenderá a la suma de $ 31.184, el que será pagado en dos cuotas iguales de $ 15.592, en marzo y junio del año 2001, respectivamente.

Como puede apreciarse, este beneficio económico, inserto en el ámbito de la seguridad social, tiene por objeto constituir una ayuda para los trabajadores a que se refiere la norma, por los mayores gastos que implica tener educandos en las condiciones señaladas en el precepto, emolumento que, según lo dispone el legislador, debe comenzar a pagarse en el mes de marzo del año 2001, razón por la cual, el examen de...

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