Dictamen nº 22159 de Contraloría General de la República, de 20 de Junio de 2000 - Doctrina Administrativa - VLEX 239524522

Dictamen nº 22159 de Contraloría General de la República, de 20 de Junio de 2000

N° 22.159 Fecha: 20-VI-2009

Mediante presentaciones, don R.D., en representación de la sociedad Pesquera Díaz, Santa Cruz y Correa Limitada solicita a esta Contraloría General, la invalidación de las resoluciones N°s 494 de 1996, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, Subsecretaría de Pesca, y 979 de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Marina, que aprobó el Proyecto Técnico y Cronograma de Actividades de su representada y otorgó a la referida sociedad, concesión marítima de fondo de río, en el Estero Pudeto, comuna de Ancud, provincia de Chiloé, X Región de Los Lagos, respectivamente, porque en su concepto, adolecen de vicios de nulidad, por lo que correspondería se declare su derecho a indemnización por los daños y perjuicios ocasionados por el Estado, a la ocurrente, principalmente por la falta de servicio.

Expresa que en la especie se habrían configurado una serie de irregularidades que detalla pormenorizadamente, por parte de la Autoridad Marítima y Pesquera, en la dilatada tramitación de su solicitud de concesión de acuicultura, presentada en 1987 y otorgada finalmente por resolución N° 979 de 1997 (M) , cuyo extracto fue notificado por la Subsecretaría de Marina para su publicación, el 3 de junio de 1997. El extracto se publicó en el Diario Oficial de 4 de julio del citado año, remitiéndose copia legalizada al Capitán de Puerto de Ancud.

El 16 de septiembre de 1998, comunica a la Autoridad Marítima de Ancud, que el área otorgada en concesión se encuentra ocupada por el Sindicato de Trabajadores Independientes Cultivadores de Algas y Recursos Bentónicos "Pupelde", en una superficie superior a 600.000 metros cuadrados, sin autorización para su explotación y mantienen vigilancia que impide acceder al sector concesionado. La aludida Capitanía y la Subsecretaria de Pesca no han dado respuesta hasta la fecha, a su denuncia, como tampoco, a la solicitud de prórroga para iniciar las actividades, en razón de la causa de fuerza mayor señalada, que impide a su representada recepcionar oficialmente el sector concesionado.

Finalmente, manifiesta que la Subsecretaría de Pesca habría actuado ilegalmente al dictar la resolución N° 1.116, de 15 de junio de 1999, que modifica la resolución N° 494 de 1996 (P), establece nuevas coordenadas geográficas para el área asignada a la sociedad recurrente y desplaza el sector 150 metros al norte, resultando una sobreposición con la concesión marítima otorgada por decreto N° 921 de 1984 (M), a la Cooperativa de Pescadores ANCUD LTDA.

Informando sobre la materia, el Servicio Nacional de Pesca, por oficio N° 150088199, de 23 de septiembre de 1999, expresa que en relación con la primera presentación de la ocurrente -17 de junio de 1987-, se dictó la resolución N° 1.120 de 1987 (P) , que autoriza el inicio de actividades sobre una superficie de 436.200 m2. Atendido que el mismo sector fue solicitado por el Sindicato "Pupelde", la Capitanía de Puerto de Ancud recomendó subdividir el área en partes iguales, previo acuerdo de los solicitantes. El 30 de octubre de 1989, la empresa pidió reducción del área requerida a 217.875 m2, y se dictaron las resoluciones modificatorias N°s. 986 y 1.465, ambas de 1990 (P), que redujeron la superficie en los términos solicitados y determinaron las coordenadas correspondientes.

Por resolución N° 494 de 1996, de la Subsecretaría de Pesca, se aprobó el proyecto técnico para el centro de cultivo autorizado por la resolución N° 1.120 de 1987 (P) y por resolución N° 979 de 1997, de la Subsecretaría de Marina, se otorgó concesión de acuicultura a Pesquera Díaz, Santa Cruz y Correa Limitada.

Señala que si bien, la citada resolución N° 979 fue publicada oportunamente, no se ha inscrito en el Registro Nacional de Acuicultura, solemnidad habilitante para el inicio de las actividades y por lo tanto para la entrega del sector concesionado.

Agrega que por decreto N° 96 de 1987 (M), se otorgó al Sindicato "Pupelde", concesión marítima por 200.000 m2, en el sector, en base a la resolución N° 525 de 1986 (P). La ampliación solicitada por ese Sindicato, en 1987, fue denegada por falta de documentación y luego en 1988, se informa que ella se sobrepone...

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