Dictamen nº 20839 de Contraloría General de la República, de 29 de Agosto de 1991 - Doctrina Administrativa - VLEX 239409262

Dictamen nº 20839 de Contraloría General de la República, de 29 de Agosto de 1991

en contratos de pavimentacion celebrados entre municipalidad y contratista, la fecha de termino de las obras fue la de la solicitud de recepcion provisoria o de su entrega, supeditada a la propia voluntad de la contratista, segun se estipulo en las bases administrativas, y no existiendo observaciones de la mandante, esta debia levantar un acta senalando como data de terminacion, la de la solicitud de recepcion. asi, la entrega de la obra efectuada a traves de la solicitud de recepcion provisoria, se asimila al termino de la misma, lo que armoniza con el pago de multas con que las bases citadas sancionaban la demora en entregar las faenas y con num/5 lt/k del dto 306/78 vivienda y art/105 del dto 1340/65 obras publicas, normativa aplicable en estos contratos. por ende, la obligacion de la constructora no ha sido solo cumplir el contrato realizando las obras dentro de plazo, sino tambien entregarlas, lo que incluye la solicitud aludida que es el medio de realizar esta gestion. asi, cualquier atraso al respecto es imputable al contratista, no asi la demora en la recepcion misma, o en...

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