Dictamen nº 39722 de Contraloría General de la República, de 29 de Octubre de 1998 - Doctrina Administrativa - VLEX 239380994

Dictamen nº 39722 de Contraloría General de la República, de 29 de Octubre de 1998

N° 39.722 Fecha: 29-X-1998

Representante de la Inmobiliaria Sigma Dos Ltda., ha reclamado en contra de la Dirección de Obras de la Municipalidad de Las Condes, por cuanto ésta habría condicionado el otorgamiento del permiso de edificación N° 349, de 1997, -requerido por la empresa para construir un edificio de departamentos de 7 pisos y un subterráneo en calle Santa Adriana N° 1550, de esa comuna- al pago de un aporte extraordinario por concepto de "aguas lluvias" y otro, de igual naturaleza, por "gestión de tránsito", cobros que estima improcedentes por exceder las atribuciones otorgadas a las Direcciones de Obras en esta materia.

Solicita se instruya un sumario para investigar los hechos denunciados y se determine si la Municipalidad de Las Condes ha podido establecer, a través de ordenanzas locales, cobros de derechos municipales de edificación por montos distintos a los dispuestos en el artículo 130 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. Por último, exige la inmediata devolución de los fondos percibidos indebidamente, si procediere, y se indique con qué plazos cuentan los Directores de Obras para pronunciarse respecto a los permisos de edificación y a las recepciones de las obras que les sean solicitados.

Mediante oficio ord. alc. N° 3/683, de 1998, complementado por el oficio ord. alc. N° 3/1140, de 5 de Agosto pasado, la Municipalidad de Las Condes ha informado al respecto.

Expresa, en síntesis, que en todas y cada una de las oportunidades en que estos aportes extraordinarios fueron solicitados, ellos se acordaron, en forma consensuada, con los interesados y sus importes fueron aplicados, rigurosamente, en la ejecución de las obras planificadas con las respectivas empresas constructoras, dando estricto cumplimiento a las disposiciones de los artículos 2.2.1 y siguientes de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones y al artículo 7.1.5 del Plan Regulador Metropolitano de Santiago, entre otras normas, ante la necesidad de resolver los problemas derivados del crecimiento de la densidad poblacional, tales como inundaciones por falta de colectores de aguas lluvias, generación de mayor cantidad de viajes en vehículo y falta de infraestructura vial adecuada.

Explica que, a fin de resolver el problema suscitado por el vacío legal que dejó la dictación de la ley N° 18.885, al no indicar un responsable del servicio de ejecución y mantención de la infraestructura de aguas lluvias, lo que obligó a las municipalidades, como administradoras de los bienes nacionales de uso público, a asumir esa función, sin contar con recursos ni reglamentación especial para ese efecto la Municipalidad de Las Condes decidió hacer participar a los responsables de este crecimiento urbano, en una...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR