Dictamen nº 4944 de Contraloría General de la República, de 9 de Febrero de 2001 - Doctrina Administrativa - VLEX 239307638

Dictamen nº 4944 de Contraloría General de la República, de 9 de Febrero de 2001

N° 4.944 Fecha: 09-II-2001

La Contraloría Regional de Los Lagos, por oficio N° 4.367 de 2000, ha remitido la presentación de Pesquera Algazo Limitada, mediante la cual solicita a esta Contraloría General, se requiera a los organismos competentes, a fin que se dicte el acto administrativo que le otorgue la concesión de acuicultura que indica, situada en el sector denominado Chanhué, río y comuna de Maullín, X Región, amparada por la resolución N° 1.825 de 1989, de la Subsecretaría de Pesca, presentada ante la autoridad marítima el 31 de julio de 1990 y en cuya tramitación ha observado irregularidades que han dilatado hasta la fecha el pronunciamiento de la autoridad administrativa.

Sobre el particular, es menester señalar, previamente, que este Organismo de Control solicitó informes a la Dirección Regional de Pesca X Región, a las Subsecretarías de Pesca y de Marina y al Gobierno Regional de Los Lagos, los que fueron evacuados mediante oficios N°s 2.226, 1.595, 4.036 y 1.546, respectivamente, todos de 2000.

La Dirección Regional de Pesca X Región y la Subsecretaría de Pesca expresan, en síntesis, que al tenor de lo dispuesto en el inciso 6° del artículo transitorio de la ley General de Pesca y Acuicultura, la resolución exenta N° 1.825 de 1989 (P), se encuentra vigente; no obstante, el estudio topográfico efectuado por el Gobierno Regional de Los Lagos, denominado "Normalización y Situación de Concesiones de Acuicultura Pelillo, en el Río Maullín", no contempló la solicitud del recurrente y, como resultado del mismo, se destinaron al Servicio Nacional de Pesca, los sectores disponibles para la realización de proyectos de transferencia tecnológica y capacitación de pescadores artesanales.

En concepto de la aludida Dirección Regional, la solicitud de la peticionaria no se encontraría incluida entre los casos consultados en el desarrollo del referido levantamiento topográfico del sector.

Sin embargo, la Subsecretaria de Pesca señala que de acuerdo con los objetivos específicos de dicho estudio, la solicitud de Pesquera Algazo Limitada debió ser considerada por encontrarse situada en la ribera norte del río Maullín, criterio que no comparte el Gobierno Regional de Los Lagos, según consta del oficio N° 3.260 de 1999, por lo que no ha sido posible dar continuidad a la tramitación de la solicitud de que se trata, ya que no se cuenta con las correctas coordenadas geográficas debidamente compatibilizadas con el aludido levantamiento. Por lo...

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