Dictamen nº 25821 de Contraloría General de la República, de 29 de Octubre de 1986 - Doctrina Administrativa - VLEX 239292310

Dictamen nº 25821 de Contraloría General de la República, de 29 de Octubre de 1986

depositos efectuados en sociedades financieras mediterraneo y davens por personas naturales, para ser acreditados como ahorro previo del subsidio habitacional, endosados al serviu respectivo acorde dto 92/84 vivie, pueden acogerse a garantia del estado contemplada en ley 18203, a fin de que sea pagada al beneficiario del subsidio o a quien designe aquel servicio, conforme decreto citado, sin que obste la circunstancia de que el endoso no haya quedado registrado en sociedades referidas antes del 25/6/86, fecha en que fue dispuesta su devolucion por resolucion de superintendencia de bancos e instituciones financieras, pues la ley no contempla tal exigencia. ello, por cuanto la garantia referida favorece las obligaciones contraidas por las empresas bancarias y sociedades financieras en virtud de los depositos y captaciones en cuentas corrientes o de ahorro y documentos de su propia emision y la caucion se devenga por la sola circunstancia de que la entidad deudora deje de pagar la obligacion en tiempo oportuno o por haberse dispuesto su liquidacion por el...

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