Dictamen nº 25883 de Contraloría General de la República, de 11 de Noviembre de 1985 - Doctrina Administrativa - VLEX 239284010

Dictamen nº 25883 de Contraloría General de la República, de 11 de Noviembre de 1985

subsecretaria de telecomunicaciones esta facultada para conocer y sancionar infracciones a ley 18168 cometidas por personas juridicas que no tienen la calidad de concesionarios, porque sus atribuciones fiscalizadoras no estan restringidas al examen del cumplimiento de normas de esa ley por parte de titulares de concesiones o permisos, sino que se extienden en general a la correcta aplicacion de las disposiciones juridicas sobre esa materia. constituye infraccion a ley citada el cobro realizado a usuarios de servicios publicos de telecomunicaciones sin haber obtenido autorizacion prevista en ley 18168 art/27, lo que haria procedente aplicacion de multas del art/32, las que deben recaer sobre la entidad que efectuo el cobro, a menos que acredite haber actuado en cumplimiento de un mandato o poder otorgado por la concesionaria, evento en el cual la sancion debe aplicarse a esta ultima. si no ha mediado mandato, se configuraria una infraccion a art/4 y art/8, porque la instalacion, operacion y...

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