Dictamen nº 17317 de Contraloría General de la República, de 9 de Mayo de 2001
Nº 17.317 Fecha: 09-V-2001
Mediante la presentación de la referencia, don E.C. solicita a esta Contraloría General un pronunciamiento sobre la procedencia del pago por parte del Fisco de Chile, del saldo de precio que la ex-Asociación Nacional de Ahorro y Préstamo le adeudaría por la venta del inmueble que singulariza, adquirida con un préstamo otorgado por la ex-Asociación de Ahorro y Préstamo "Bernardo O'Higgins".
En relación con la materia planteada corresponde manifestar que el artículo 1° de la ley Nº 18.900 puso término a la existencia legal de la Caja Central de Ahorros y Préstamos y a la autorización de existencia de la Asociación Nacional de Ahorro y Préstamo, entendiendo que la Caja subsiste como persona jurídica por el plazo de tres meses sólo para los efectos de asumir los derechos, obligaciones y patrimonio de la Asociación liquidación de los respectivos patrimonios.
El artículo tercero dispone que la Caja en liquidación pondrá término a sus funciones, dando cuenta de su cometido, haya o no finiquitado las liquidaciones que le encomienda la ley, en la que incluirá un inventario de todos los derechos, obligaciones y patrimonio de ésta y de la Asociación, la que deberá ser aprobada por el Presidente de la República mediante decreto supremo expedido a través del Ministerio de Hacienda, que deberá publicarse en el Diario Oficial.
Seguidamente, el artículo quinto establece que para todos los efectos legales, a contar de la fecha de publicación del decreto supremo aprobatorio de la cuenta, serán de cargo fiscal las obligaciones de la Caja y de la Asociación que no alcanzaren a quedar cubiertas por el producido de las liquidaciones, debiendo consultarse...
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