Dictamen nº 36924 de Contraloría General de la República, de 5 de Octubre de 2001
N° 36.924 Fecha: 05-X-2001
Doña E.M y doña M.G., funcionarias del Servicio de Registro Civil e Identificación, se han dirigido a esta Contraloría General solicitando la revisión del sumario administrativo incoado por resolución exenta N° 1, de 2000, a cuyo término se les ha aplicado la medida disciplinaria de destitución, por cuanto, a su parecer, no se ha ajustado a derecho.
Sobre el particular, cumple esta Entidad de Control con manifestar primeramente que, de la documentación tenida a la vista, aparece que el proceso sumarial de la especie tuvo por finalidad establecer la responsabilidad administrativa que afectaría a doña E.M. y doña M.G., funcionarias administrativas grados 14° y 20° EUS, respectivamente, en los hechos en que se vieran involucradas, y que dicen relación con haber inducido a otros funcionarios a obtener créditos de consumo en instituciones financieras, beneficiándose total o parcialmente con dichos créditos; utilizar la posición de sus cargos para obtener documentación interna del Servicio, como liquidaciones de remuneraciones; alterar liquidaciones de remuneraciones de algunos funcionarios, y no denunciar la alteración y falsificación de las mismas y, en el caso de la señora M.G., además, falsificar la firma del Director Regional en un certificado de antigüedad y renta, presentado para obtener un crédito de consumo en la Financiera Conosur.
Los hechos antes descritos se encuentran acreditados con los antecedentes que rolan a fojas 3, 5, 14, 18, 22, 26, 30, 69, 70, 85, 99, 104, 108, 114, 116, 118, 119 y 120 de autos, todo lo cual dio lugar a la debida formulación de cargos en contra de las ocurrentes, según consta a fojas 144 y 145 del proceso sumarial en examen.
Seguidamente, se ha verificado que las reclamantes presentaron sus descargos a fojas 153 y siguientes, los que luego de ser recibidos a prueba fueron desestimados, por no aportar medios de prueba suficientes que pudieran desvirtuar los hechos imputados, proponiéndose, en la vistas del fiscal de fojas 164 y siguientes y 242 y siguientes, la imposición de la medida disciplinaria de destitución a las dos inculpadas, la que sometida a consideración del Director Nacional fue confirmada mediante resolución exenta N° 396, de 2001, en contra de la cual las afectadas interpusieron sus respectivos recursos de reposición y apelación subsidiaria, los que fueron rechazados en todas sus partes mediante resolución de fecha 8 de agosto del presente año, que declara, entre...
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