Dictamen nº 35067 de Contraloría General de la República, de 24 de Diciembre de 1990 - Doctrina Administrativa - VLEX 239139102

Dictamen nº 35067 de Contraloría General de la República, de 24 de Diciembre de 1990

servidores municipales quienes percibieron en el periodo de incapacidad laboral subsidios de parte de una mutualidad de empleadores y ademas el total de sus remuneraciones del municipio en que laboran, deben restituir a la correspondiente entidad comunal los estipendios recibidos en exceso en ese lapso, esto es, aquellos que sumados a los subsidios sobrepasan las rentas asignadas a sus empleos. ello, porque ley 18883 establecio para el personal municipal una proteccion permanente en materia de accidentes en actos de servicio, a la que deben someterse esos dependientes de un modo general. no obstante, como a la vigencia de esa ley todos los funcionarios municipales estaban sujetos a ley 16744, se establecio una disposicion de excepcion al regimen general aludido, regulando la situacion del personal en servicio al 29/12/89, el cual, por esta via especial, ha conservado sin variaciones la proteccion que tenia a esa fecha y continua, por ende, adscrito al seguro social de citada ley 16744...

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