Dictamen nº 23730 de Contraloría General de la República, de 5 de Septiembre de 1984 - Doctrina Administrativa - VLEX 239086866

Dictamen nº 23730 de Contraloría General de la República, de 5 de Septiembre de 1984

alcaldes no tienen facultades para suspender aplicacion de una sancion derivada de un proceso administrativo, porque en derecho administrativo impera principio de legalidad, por el cual los agentes publicos solo pueden efectuar los actos que les esten expresamente permitidos y, especificamente, los actos relativos a procesos disciplinarios administrativos revisten caracter de reglados, en cuya virtud la autoridad llamada a aplicarlos no puede discrecionalmente alterar el procedimiento que ellos contemplan. ademas, los actos de autoridad, especialmente los orientados a hacer efectiva la...

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