Dictamen nº 27891 de Contraloría General de la República, de 1 de Junio de 2004 - Doctrina Administrativa - VLEX 238982098

Dictamen nº 27891 de Contraloría General de la República, de 1 de Junio de 2004

N° 27.891 Fecha: 1-VI-2004

Doña XX, hija de don YY, imponente de la ex Caja de Previsión de Empleados Particulares, declarado exonerado político y beneficiario de una pensión no contributiva, por gracia, solicita a esta Contraloría General, en definitiva, se declare el derecho que, a su juicio, le asiste para obtener una pensión de orfandad por causa del fallecimiento de su padre, ocurrido el 9 de abril de 1999, beneficio que le ha sido denegado por el Instituto de Normalización Previsional, atendidas las razones que expone. Por su parte, la Superintendencia de Seguridad Social ha remitido una presentación que en igual sentido, ante ella, elevara la peticionaria.

Solicitado el respectivo informe, el Instituto de Normalización Previsional, mediante oficio ordinario S.G. N° 12389-03-3, de 2004, adjunto al oficio ordinario N° 0272, de igual año, de la Oficina de Atención al Usuario de su División Concesión de Beneficios, y al expediente previsional de don YY, ha señalado, en síntesis, que con fecha 7 de enero de 2003 la peticionaria, hija sobreviviente del referido causante, solicitó pensión no contributiva de orfandad, en virtud de la ley N° 19.234, oportunidad en que le fue rechazada tal solicitud por no acreditar estudios regulares con posterioridad a los 18 años de edad, lo que no permite su concesión.

Al respecto, cabe precisar, en primer término, que, conforme a los antecedentes tenidos a la vista, la señorita XX, nació el 24 de noviembre de 1982, y ha acreditado haber sido alumna regular de 2°, 3° y 4° medio del Liceo A N° 33, Poeta Federico García Lorca, entre el año 1999, época en que tenía 16 años de edad al fallecer su padre, y el año 2001, en que con 19 años, se licencia de enseñanza media.

Enseguida, es dable anotar, que durante el año 2002 la peticionaria suspendió sus estudios con el objeto de procurarse el sustento, ingresando en el año 2003 al Centro de Formación Técnica Santo Tomás, como alumna del curso Auxiliar de Farmacia.

Finalmente, puede indicarse que según aparece de carta datada el 27 de mayo de 2003, de la Asistente Social de la Corporación de Educación y Salud Municipal -CORESAM- de Conchalí, Consultorio Juanita Aguirre, la peticionaria se acercó a ese establecimiento en el año 1999, al fallecer su padre, en busca de información acerca de sus derechos previsionales, de donde se la derivó por "ayuda a la Municipalidad y a hacer gestiones en la Corporación Jurídica", pero posiblemente "al ser menor de edad no le...

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