Dictamen nº 52629 de Contraloría General de la República, de 21 de Noviembre de 2007 - Doctrina Administrativa - VLEX 238964326

Dictamen nº 52629 de Contraloría General de la República, de 21 de Noviembre de 2007

N° 52.629 Fecha: 21-XI-2007

La Junta de Administración del Condominio Terrazas de Cerrillos solicita a esta Contraloría General que deje sin efecto la recepción final de la etapa II del mencionado condominio, otorgada bajo el N° 393/06, de la Municipalidad de Cerrillos, puesto que la obra ejecutada no se habría ajustado a lo aprobado por dicho Municipio, en aspectos tales como techumbres, distribución interior de los departamentos, sala compactadora de basura y la existencia de una conexión vial que no estaba proyectada. Agrega que a la solicitud de recepción final no se acompañó informe del profesional responsable que certifique que las obras no fueron modificadas.

En respuesta al requerimiento de informe, el mencionado Municipio se limitó a remitir la solicitud, de 1° de junio de 2007, de permiso de edificación por alteración, referida a la obra en comento, agregando que "las alteraciones a regularizar no implican aumento de las superficies edificadas ni tampoco de la estructura de los edificios, sino mas bien, significan un mejoramiento en la calidad de los materiales empleados y sus terminaciones".

Sobre el particular, cumple manifestar que del análisis de los antecedentes acompañados a las presentaciones, y de los obtenidos por personal técnico especializado de este órgano de Control, es dable concluir que el permiso originario para la edificación de la obra señalada consta de certificado N° 486/97, el que fue modificado en dos oportunidades, a saber, mediante los permisos N°s 783, de 17 de julio de 2001, y 910, de 2 de noviembre de 2002.

Tales variaciones se encuentran previstas en la Ley General de Urbanismo y Construcciones, en cuanto dispone en su artículo 119° que: "toda obra de urbanización o edificación deberá ejecutarse con sujeción estricta a los planos, especificaciones, y demás antecedentes aprobados por la Dirección de Obras Municipales", agregando luego que: "si después de concedido un permiso hubiere necesidad de introducir modificaciones o variantes en el proyecto de obras correspondientes, tales modificaciones se tramitarán en la forma que señale la Ordenanza General". Ahora bien, según lo verificado por personal técnico de esta Contraloría General, para las modificaciones que se introdujeron al proyecto durante su ejecución, en dos oportunidades se operó por la vía de la modificación del permiso de edificación primitivo o precedente.

Respecto del procedimiento a seguir en caso de que se desee hacer cambios en el...

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