Dictamen nº 36646 de Contraloría General de la República, de 7 de Agosto de 2006 - Doctrina Administrativa - VLEX 238954042

Dictamen nº 36646 de Contraloría General de la República, de 7 de Agosto de 2006

N° 36.646 Fecha: 7-VIII-2006

Mediante oficio N° 0256 de 2006, la Coordinadora Nacional del Programa de Reconocimiento al Exonerado Político, dependiente del Ministerio del Interior, se ha dirigido a esta Contraloría General acompañando el documento que indica, a fin de que, en definitiva, se determine que la Compañía Comercial Cicoma cumple los requisitos del artículo 3° de Ley N° 19.234, para los efectos que indica.

Sobre el particular, cabe manifestar en primer término que, mediante el Oficio N° 12.544, de 2005, esta Entidad de Control devolvió sin tramitar la Resolución N° 3.958, de 2004, del Ministerio del Interior, que otorga pensión no contributiva, por gracia, al señor XX, por cuanto de los antecedentes acompañados no aparecía que la empresa en la que se desempeñaba el interesado a la data de su exoneración cumplía los requisitos del artículo 3° de la Ley de Exonerados.

Sobre el particular, cabe manifestar, en primer término, que el artículo 3° de Ley N° 19.234 en vigor, dispone en sus incisos primero y segundo, que los ex funcionarios de la Administración Pública centralizada y descentralizada, de las instituciones semifiscales y de administración autónoma y de las empresas autónomas del Estado (concepto último en el que se incluyen las empresas privadas en las que el Estado o sus Organismos hubieren tenido una participación directa superior al 50% del capital a la fecha de la respectiva exoneración), de las Municipalidades, de las Universidades del Estado, del Banco Central de Chile, del Congreso Nacional, parlamentarios en ejercicio al 11 de septiembre de 1973, que no estén en ejercicio a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley, y del Poder Judicial, exonerados en el período que indica, tendrán derecho a solicitar al Presidente de la República, por intermedio del Ministerio del Interior abonos de años de afiliación y los beneficios de pensiones no contributivas, por gracia, en la forma y condiciones...

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