Dictamen nº 49547 de Contraloría General de la República, de 1 de Octubre de 2004 - Doctrina Administrativa - VLEX 238948902

Dictamen nº 49547 de Contraloría General de la República, de 1 de Octubre de 2004

N° 49.547 Fecha: 1-X-2004

Se ha dirigido a esta Contraloría General doña X.X., funcionaria del Ministerio de Planificación y Cooperación, solicitando un pronunciamiento respecto del derecho que, en su opinión, le asistiría a que esa Secretaría de Estado asuma su defensa judicial en una demanda civil de indemnización de perjuicios que interpuso en su contra, ante el 17° Juzgado Civil de Santiago, don Y.Y., también funcionario de esa dependencia, en razón de los supuestos perjuicios que le habrían ocasionado sus acciones como su jefa directa, según expone.

Al efecto, manifiesta la señora X.X., en síntesis, que la referida demanda judicial se refiere a supuestos perjuicios que habría sufrido el señor Y.Y. en sus expectativas funcionarías, por el ejercicio de las labores que le correspondía realizar como jefe precalificador, al no haberle asignado el puntaje máximo, aunque siempre en lista uno, hecho que le habría impedido ascender a grados superiores, como también en su salud, por tareas de esfuerzo físico que supuestamente le habría encomendado y que habrían perjudicado la salud del demandante.

Agrega la interesada que todas las actividades que realizó como Jefa Administrativa, en el período a que se refieren dichos antecedentes, tanto las de jefe precalificador como otras propias de su jerarquía, las llevó a efecto en acatamiento de las disposiciones legales que imponen las obligaciones respectivas, siempre con objetividad y sin arbitrariedades, de manera que estima tener derecho a la defensa legal de cargo del servicio, a lo que no ha accedido la superioridad respectiva, pese a sus requerimientos, debiendo asumir su defensa judicial con sus propios recursos, acompañando a su presentación los antecedentes que respaldan su petición.

Al respecto, es necesario manifestar que en el ejercicio de la función pública los empleados se encuentran afectos a diversas obligaciones o deberes que les impone la ley, en el marco de las atribuciones de que estén investidos y de las tareas que desempeñen de acuerdo con su nombramiento o función que desarrollen, entre las cuales se cuentan las labores de jefatura que deben desarrollar quienes sirvan empleos de esta naturaleza.

Dichas atribuciones y obligaciones deben ajustarse, en todo caso, al principio de juridicidad previsto en los artículos 6° y 7° de la Carta Fundamental y de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, vale decir, estar adecuadas al...

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