Dictamen nº 54761 de Contraloría General de la República, de 5 de Octubre de 2009 - Doctrina Administrativa - VLEX 238936310

Dictamen nº 54761 de Contraloría General de la República, de 5 de Octubre de 2009

N° 54.761 Fecha: 5-X-2009

Mediante el oficio N° 9.254, de 2009 de la Cámara de Diputados, se ha dirigido a este Organismo de Control, el Segundo Vicepresidente de la Cámara de Diputados, señor Raúl Sunico Galdames, a petición de la Diputada señora Marisol Turres Figueroa, para solicitar a esta Contraloría General que realice una auditoría, acerca del real cumplimiento de los objetivos del Proyecto Jóvenes Bicentenario gestionado por el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE), requiriendo, además, los montos involucrados y si se contempló un plan de seguimiento y evaluación de los resultados logrados.

En síntesis, la Diputada señala que dentro de los programas de capacitación laboral que ejecutan los OTEC de la Décima Región, se consideró entre otras especialidades el de Operador de Máquina Pesada y la Atención Preescolar.

En relación con el manejo de maquinaria, se indica que habría jóvenes que habiendo cumplido con las 250 horas que exigía el curso, no habían aprendido el oficio, debido a que el OTEC no contaba con los elementos técnicos necesarios y que tampoco han podido conseguir una práctica, ni siquiera en el sector público debido a la existencia de una serie de seguros para utilizar maquinaria fiscal.

Se agrega, además, que un grupo de mujeres que fueron capacitadas en atención preescolar, también con una duración de 250 horas -capacitación que se habría dictado por tercera vez-, no obstante haber conseguido la práctica, dichos cursos no las habilitaban para trabajar en algún establecimiento dependiente de la JUNJI, ni de la Fundación Integra u otro jardín privado, manifestando su preocupación, de que el Estado invierta en capacitación para jóvenes sin que tengan posibilidades de encontrar trabajo.

Al respecto, cabe señalar que sin perjuicio de la indagatoria practicada por la Contraloría General en esta ocasión, dentro del Plan Anual de Fiscalización, se contempló un examen al citado Programa, cuyo Informe Final N° 76 de 2009, se adjunta en cuaderno separado para su conocimiento.

Ahora bien, en cuanto al planteamiento de la Diputada Turres, sobre el incumplimiento por parte de los Organismos Técnicos de Capacitación (OTEC), de conseguir práctica y trabajo a los jóvenes beneficiarios del Programa, corresponde hacer presente que de acuerdo con lo estipulado en el Manual de Procedimientos del Programa Jóvenes Bicentenario, los OTEC contratados no necesariamente están obligados a conseguir las prácticas laborales y/o la inserción directa en un empleo remunerado de los jóvenes beneficiarios, toda vez que el Servicio, puede contratar a un tercero para que ejecute esa fase del programa.

A mayor abundamiento, cabe señalar que la práctica laboral consiste en una pasantía de los egresados de la fase lectiva, a través de una experiencia laboral con una duración máxima de 360 horas, distribuidas en 2 meses con jornada completa y debe realizarse en un puesto de trabajo, cuya naturaleza y características guarden directa relación con la formación impartida. La empresa donde se ejecute este componente debe ser contactada por el OTEC contratado.

Por otra parte, corresponde precisar que la intermediación laboral es...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR