Dictamen nº 39592 de Contraloría General de la República, de 31 de Agosto de 2007 - Doctrina Administrativa - VLEX 238931658

Dictamen nº 39592 de Contraloría General de la República, de 31 de Agosto de 2007

N° 39.592 Fecha: 31-VIII-2007

Se ha dirigido a esta Contraloría General, ex funcionario del Ejército de Chile, solicitando un pronunciamiento que reconozca su derecho a percibir sueldo en actividad por los meses que indica, con motivo de la reliquidación de su pensión de retiro por término de su contrato de trabajo.

Al efecto señala, que se desempeñó como personal civil a contrata en el Ejército de Chile, desde el mes de abril de 1996 hasta diciembre de 2006, fecha en la cual presentó su renuncia voluntaria al cargo; agrega que con fecha de 26 de diciembre de 2006, elevó solicitud de reliquidación de su pensión de retiro para acogerse al beneficio establecido en artículo 208 del DFL. N° 1, de 1997, de la. Subsecretaría de Guerra, del Ministerio de Defensa Nacional.

Requerido su informe la Dirección del Personal del Ejército de Chile, mediante oficio N° 6.580/7, de 2007, ha señalado en lo pertinente, que el cese de sueldo en actividad de fecha 31 de diciembre de 2006, dispuesto respecto del reclamante se ajustó a derecho, por cuanto no remitió dentro de los plazos legales la correspondiente solicitud de reliquidación de pensión.

Sobre el particular, cabe señalar, que el artículo 208, del aludido DFL. N° 1, de 1997, Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas, establece que "al personal que obtiene retiro con derecho a pensión, el cese del sueldo de actividad se expedirá después de dictada la resolución que fija la pensión de retiro o dentro del plazo máximo de noventa días", agregando en su inciso tercero, que "con todo, si el interesado no presentare la correspondiente solicitud de pensión de retiro dentro del plazo de 30...

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